La Trampa
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La Alcaldía de Colón estableció una serie de medidas para regular las celebraciones de las fiestas patrias en el distrito, que incluyen restricciones para la venta y consumo de bebidas alcohólicas, el uso de pirotecnia y los horarios de actividades con equipos de sonido.
Las disposiciones están contenidas en el Decreto Alcaldicio N.° 012, del 22 de octubre de 2026, publicado este jueves 29 de octubre en la Gaceta Oficial Digital N.° 30645-C. Las medidas aplican a los desfiles patrios programados para los días 1, 3 y 5 de noviembre.
El recorrido será definido por la Dirección Regional de Educación de Colón, del Ministerio de Educación. Según el decreto, los desfiles iniciarán en la Calle 13, entre las avenidas Central y Meléndez, frente al restaurante McDonald's.
Desde ese punto, avanzarán por toda la Avenida Centenario y la Avenida Miguel Waked, hasta finalizar frente a Plaza Millenium, en la esquina del auto rápido de Burger King.
El decreto prohíbe la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en todas las rutas establecidas para los desfiles durante los días 1, 3 y 5 de noviembre.
También restringe el uso de fogones y tanques de gas a lo largo de los recorridos. Estos solo podrán instalarse en los puntos previamente autorizados mediante permisos emitidos por el alcalde y deberán mantener una distancia mínima de 20 metros del centro de la calle.
Además, los responsables de los puestos de venta de comida tendrán que contar con un extintor.
La Alcaldía estableció horarios especiales para las actividades comerciales, recreativas, sociales y benéficas que utilicen equipos de sonido:
En el caso de celebraciones y reuniones familiares, recreativas o sociales en áreas eminentemente residenciales, los horarios serán:
Estas restricciones no aplican a las dianas organizadas para rendir tributo a la Patria, siempre que no utilicen equipos de sonido y cuenten con autorización del alcalde.
El decreto prohíbe el uso de artefactos pirotécnicos y fuegos artificiales dentro de residencias y espacios cerrados, así como a menos de 500 metros de iglesias, hospitales, clínicas, edificios públicos y áreas boscosas.
Tampoco podrán utilizarse en sitios que no tengan un espacio despejado de construcciones o vegetación densa de al menos 20 metros perimetrales. En caso de quejas de los vecinos, la Policía podrá decomisar los artefactos y remitir a la persona ante el juez de paz de turno.
La normativa también establece que los menores de edad no podrán manipular ni utilizar estos artículos. Los padres, tutores o representantes legales deberán velar por su seguridad y orientarlos sobre los riesgos.
Si un menor incumple esta disposición, el adulto responsable recibirá una multa de B/.100, que se triplicará cuando el menor tenga menos de 12 años. En caso de reincidencia, se remitirá copia del expediente a la Senniaf y a las autoridades correspondientes.
Las infracciones a las disposiciones del decreto serán sancionadas con multas de B/.250 a B/.1,000, a favor del tesoro municipal.
Las sanciones podrán ser aplicadas por los jueces de paz de turno, funcionarios de Cumplimiento y el juez ejecutor. Quienes no paguen dentro de un plazo máximo de 30 días serán remitidos al Juzgado Ejecutor del Municipio de Colón para el cobro mediante jurisdicción coactiva.
El cumplimiento de las medidas estará a cargo de las casas de justicia de paz, funcionarios de Cumplimiento, personal de la Dirección de Ornato y Aseo, policías municipales, funcionarios de Asesoría Legal y Tesorería, así como de la Policía Nacional.
Finalmente, la Alcaldía exhortó a la comunidad, las entidades públicas, los comerciantes y los operadores del transporte público y privado a decorar con motivos patrios sus oficinas, residencias, locales comerciales y vehículos durante todo el mes de noviembre.
El decreto lleva las firmas del alcalde de Colón, Lorenzo Diógenes Galván, y del secretario general, César Arias, y establece que las disposiciones rigen desde su promulgación.