Estos son los alimentos cuyo control de precio se prorrogó por seis meses

Control de Precios

Frutas y verduras coloridas se exhiben en un mercado
Frutas y verduras. / Tomada de redes sociales @FAOAmericas

A través del Decreto N° 102 del 30 de diciembre de 2021, se prorrogaron de forma temporal (por 6 meses), los precios máximos de venta al por menor de ocho alimentos comercializados en Panamá.

Esto, mediante la modificación del Decreto Ejecutivo N° 165 del 1 de julio de 2014. Vea el decreto completo aquí.

Se trata del bistec de cinta con hueso, carne molida de primera, pollo entero Panamá (con patas y cabeza), arroz de primera (todas las presentaciones), leche en polvo, pan de molde blanco en empaque 14-18 onzas, queso amarillo tipo americano procesado y salchichas que contengan carne de res.

alimentos
alimentos / Foto/TVN-2.com

Este decreto entrará en vigencia a partir del 3 de enero del 2022 desde las 8:00 a.m. y tendrá una duración máxima de seis meses, según lo dispone el artículo 200 de la ley 45 de 2007.

El resuelto, establece a nivel nacional, a excepción de la provincia de Darién y el territorio insular de Panamá, el precio máximo de venta de estos ocho productos de la canasta básica familiar de un total de 14.

Además, en su artículo 2 modifica el artículo 7 del Decreto del 2014, en el que se faculta a la Comisión de Ajustes de Precios para que establezca los precios máximos de venta de ocho productos incluidos en el presente decreto para la provincia de Darién y el territorio insular. Los precios que determinen tendrán la misma vigencia que la establecida originalmente por el Decreto Ejecutivo.

El articulo tres dicta que durante la vigencia del decreto los minoristas que ofrecen al público los 42 productos restantes de la canasta básica familiar de alimentos, deberán informar, de manera previa, y con al menos cinco días calendarios de anticipación a la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeo), cualquier incremento en el precio de venta al por menor y las razones que justifican dicho incremento. En el caso de reducciones de precios de estos productos, no se requerirá de este aviso previo para su aplicación efectiva.

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