DGI publica lista de personas jurídicas en mora por la tasa única anual

MEF hace efectivo pagos a municipios y juntas comunales
DGI hace llamado a los morosos que se apersonen a la institución.

La Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), informó este domingo, 18 de octubre, que ha publicado en su página web el listado de las personas jurídicas que están en mora del tributo “tasa única anual”.

Se trata de morosidades que alcanzan los 10 años, por lo que la DGI pide a quienes están en esta condición, que revisen el listado oficial y se pongan al corriente en sus obligaciones tributarias, a fin de evitar su disolución, informó el MEF a través de una nota de prensa.

El director de la DGI, Publio Cortés, indicó que la ley es clara y que una vez elaborada y difundida por la DGI la lista de personas jurídicas, el Registro Público deberá actuar de acuerdo con lo que dice la ley, y “proceder a anotar la marginal de disolución por no pago de la tasa única”.

Esto para cumplir los parágrafos 4 y 5 del Artículo 318-A del Código Fiscal, reformado por la Ley 6 de 2005 y la Ley 49 de 2009.

Parágrafos 4 y 5 del Artículo 318-A del Código Fiscal, reformado por la Ley 6 de 2005 y la Ley 49 de 2009.
Parágrafos 4 y 5 del Artículo 318-A del Código Fiscal, reformado por la Ley 6 de 2005 y la Ley 49 de 2009. / Código Fiscal
Parágrafos 4 y 5 del Artículo 318-A del Código Fiscal, reformado por la Ley 6 de 2005 y la Ley 49 de 2009.
Parágrafos 4 y 5 del Artículo 318-A del Código Fiscal, reformado por la Ley 6 de 2005 y la Ley 49 de 2009. / Código Fiscal

Cortés añadió que la lista se realiza en cumplimiento de la política de transparencia del Gobierno Nacional, que busca dar certeza sobre cuáles son las personas jurídicas cuya existencia está en pleno cumplimiento con la Ley.”

Los interesados podrán evitar el riesgo de disolución, pagando todas las sumas adeudadas en concepto de Tasa única anual y cumpliendo con todo lo ordenado en el parágrafo 5 del Artículo 318-A del Código Fiscal”.

El listado de las personas jurídicas en mora se podrá encontrar haciendo clic aquí.

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