Penas de 53, 46 y 8 años de cárcel para acusados por los atentados de Cataluña en 2017
La Audiencia Nacional española sentenció este jueves a 53, 46 y 8 años de cárcel respectivamente a los tres acusados por el doble atentado cometido por una célula yihadista en Barcelona y otro municipio catalán en agosto de 2017.
Aunque los autores materiales de estos ataques que causaron 16 víctimas mortales fueron abatidos por la policía, este alto tribunal de Madrid juzgó entre noviembre y febrero a dos supuestos miembros de la célula yihadista y a un colaborador.
En su sentencia, los magistrados imponen una pena de 53 años y seis meses a Mohamed Houli Chemlal y de 46 años para Driss Oukabir, por su acreditada pertenencia a una organización terrorista, así como por tenencia y fabricación de explosivos, estragos y lesiones.
Sin embargo, la corte indicó que "el cumplimiento efectivo de las penas para estos dos acusados no excederá de 20 años".
Además, condenan a ocho años de cárcel por colaboración con organización terrorista al tercer acusado, Said Ben Iazza, que había prestado su vehículo y documentación a la célula.
Dicho grupo estaba formado por nueve jóvenes, entre ellos dos parejas de hermanos, que habían sido convencidos por el imán marroquí Abdelbaki Es Satty para realizar un ataque con explosivos contra objetivos como la basílica de la Sagrada Familia de Barcelona, el estadio Camp Nou o la Torre Eiffel de París.
El plan saltó por los aires el 16 de agosto, cuando detonaron accidentalmente los explosivos que preparaban en la localidad catalana de Alcanar, causando la muerte del imán y un joven, así como heridas a Mohamed Houli Chemlal, que fue hospitalizado.
Sin su arsenal, improvisaron: la tarde del 17 de agosto, el marroquí de 22 años Younes Abouyaaqoub irrumpió con una furgoneta en las concurridas Ramblas de Barcelona, donde mató a 14 personas. En su fuga, asesinó a otra persona para robarle su vehículo.
Horas después, la madrugada del 18 de agosto, cinco de sus compañeros atropellaron a varios peatones y acuchillaron mortalmente a una mujer en el paseo marítimo de Cambrils, 100 km al suroeste de Barcelona.
Los cinco fueron abatidos por la policía, al igual que, días más tarde, Younes Abouyaaqoub.
La furgoneta utilizada en las Ramblas había sido alquilada por Driss Oukabir, hermano de uno de los atacantes fallecidos que, en el juicio, había insistido en su inocencia, alegando no ser una persona religiosa.
La sentencia emitida por la Audiencia Nacional supera las penas solicitadas por la fiscalía, pero no responsabiliza directamente a ninguno de los tres acusados de las muertes y heridos en los ataques como pidieron familiares de víctimas y supervivientes en el juicio.
El fallo puede ser recurrido ante la sala de apelaciones del mismo tribunal, encargado habitualmente de causas vinculadas con el terrorismo.