Elecciones de Baloncesto este sábado en Chitré
El día 6 de diciembre de 2010, el ingeniero Miguel Sanchiz, pone en conocimiento del Instituto Panameño de Deportes (PANDEPORTES), su interés de llevar a cabo las elecciones para la escogencia de la nueva Junta Directiva de la Federación Panameña de Baloncesto (FEPABA), el día 11 de diciembre de 2010 en la ciudad de Chitré, provincia de Herrera. Que el día 7 de diciembre se le comunicó al ingeniero Miguel Sanchiz, que en virtud de que estaban pendientes por resolverse algunas impugnaciones que se habían presentado, le sugerimos coordinar una nueva fecha hasta tanto se pudieran resolver por parte del Consejo Nacional de la Actividad Física, el Deporte y la Recreación los recursos interpuestos. En este sentido hacemos referencia a que doctor Rolando Villalaz, presentó recurso de reconsideración en contra de la resolución que reconoció a la Junta Directiva electa de la liga de baloncesto del corregimiento de Barrio Norte, Distrito y Provincia de Colón, y que el mismo se resolvió en primera instancia pero conforme al derecho que le asiste, el doctor Villalaz anunció recurso de apelación el cual debe ser conocido por la segunda instancia, es decir el Consejo Nacional de la Actividad Física, el Deporte y la Recreación. Que el día 9 de diciembre, el ingeniero Sanchiz, envía nota al Director General de Pandeportes, indicándole que el doctor Villalaz, abogado del impugnante, presentaría el desistimiento al recurso de apelación (2 días antes de las elecciones anunciadas) escrito que fue recibido en Asesoría Legal el cual le está dando el tratamiento que manda la Ley. En este sentido, el desistimiento presentado requiere ser conocido por el Consejo Nacional de la Actividad Física, el Deporte y la Recreación, el cual ha sido convocado para el día viernes 10 de diciembre de 2010, quien decidirá al respecto. También es necesario aclarar que la resolución que emita el Consejo, Nacional de la Actividad Física, el Deporte y la Recreación pronunciándose sobre este desistimiento, deberá ser notificada personalmente al presidente de la liga impugnada, es decir, que mientras se tenga que evacuar todos los pasos del procedimiento establecido en la Ley 38 de 2000, el presidente de la Federación Panameña de Baloncesto (FEPABA), deberá coordinar una nueva fecha para la celebración de estas elecciones, tomando en consideración que ese fue uno de los motivos por los cuales se extendió el calendario hasta el día 30 de diciembre de 2010. Dado en la Ciudad de Panamá, a los 9 días del mes de diciembre del 2010.