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Cámara de Comercio.
Específicamente, se refiere al Artículo 288-J de la Ley 70 de 2019. La norma propuesta busca limitar, a una sola vez, el otorgamiento de la dispensa de la sanción penal cuando se pague el monto de la obligación tributaria defraudada antes de la sentencia de primera instancia o durante la fase de investigación.
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“Este tipo de modificaciones son necesarias para salir, y nunca más estar presentes en listas punitivas de entes internacionales”, destacó el gremio empresarial a través de un comunicado.
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