Canatra propone que sean los transportistas quienes brinden el servicio a través de plataformas digitales

Canatra reitera oposición al cobro en efectivo de plataformas digitales de transporte
Jilma Aguilar O. - Periodista
28 de febrero 2020 - 09:58

El presidente de la Cámara Nacional de Trasporte (Canatra), Martin Franco, propuso este viernes 28 de febrero, que sean los transportistas quienes formen parte de las plataformas digitales que actualmente brinden este servicio y no conductores particulares.

Según Franco, serían estas plataformas quienes se encargarían de depurar aquellos transportistas que vayan en contra de brindar un buen servicio.

“Qué estamos pidiendo, que seamos nosotros los taxistas y los que tienen buses de turismo, los que brindemos el servicio de plataforma. Las plataformas se reservan el derecho de admisión y los que no se acoplen a sus reglas no podrán ser parte de esta”, sostuvo.

Franco agregó que el uso de esta herramienta les permitirá depurar el sector, y de esta forma las plataformas se pueden quedar, pero bajo la figura de intermediarios regulados por la Ley 51 y de esta manera habrá doble beneficio.

Y es que según Franco, son ellos (los transportistas), los que están legalmente autorizados para brindar este servicio. “Nosotros le ofrecemos a UBER, Cabify e Indriver, que hay 76 mil taxistas a nivel nacional, que van a entrar a sus plataformas a prestar el servicio y no carros particulares y piratas”.

Agregó que actualmente, están realizando un trabajo de depuración en las distintas piqueras para sacar a aquellos que vayan en contra de las normas y en beneficio del usuario.

Por su parte, la abogada de esta agrupación, Dorina Pérez se basó en el conflicto existente por el cobro en efectivo de dichas plataformas e indicó que la aclaración de sentencia que fue interpuesta posterior al fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que declaró legal dicho cobro, genera que no quede en firme la sentencia, hasta tanto se les conteste por cualquier vía.

Pérez manifestó que existe una ambigüedad en la parte motiva y resolutiva del fallo de la CSJ, al señalar que estas plataformas pueden establecer una tarifa cuando ya existe una normativa que así lo dicta.

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