Defensoría del Pueblo dice que 'respeta' fallo de la CSJ sobre salud reproductiva de las mujeres

Corte-Suprema-Justicia-Panama
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La Defensoría del Pueblo manifestó este sábado 20 de marzo que respeta el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia que declara que no es inconstitucional que las mujeres tengan que esperar a tener 23 años, dos hijos y una recomendación médica para poder acceder al procedimiento de esterilización en el sistema de salud público, mientras que los hombres pueden practicarse el procedimiento equivalente desde los 18 años sin el requisito de tener hijos.

La Corte señaló que “no puede colocarse en situación de igualdad a hombres y mujeres” porque las mujeres pueden ser madres.

La Defensoría no condenó el fallo, que ha sido catalogado por muchos como una clara discriminación y doble estándar a las mujeres en Panamá. Sin embargo, “ponderó” el salvamento de voto de una de las magistradas, Maribel Cornejo, quien señala que se trata de discriminación de género.

“Además, la entidad rectora de los derechos humanos también avala el planteamiento de la magistrada, quien expresa en su salvamento de voto, que los artículos son violatorios a la Carta Magna, porque crean una desigualdad entre personas del mismo sexo (mujeres) al permitir la esterilización de una mujer que tenga los recursos para costearse el procedimiento en un centro hospitalario privado, sin cumplir con los requisitos de edad ni tener dos hijos”, añade un comunicado de la Defensoría.

A pesar de estas palabras, la magistrada Cornejo no usó su poder de voto en el pleno de la Corte para declarar inconstitucional la ley, en cambio se abstuvo de votar y añadió sus comentarios dentro del salvamento de voto al igual que el resto de las magistradas mujeres miembros del pleno.

El fallo fue aprobado con el voto de 5 hombres magistrados de la Corte.

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