Jóvenes extranjeros podrán trabajar por 12 meses en Panamá con visa de corta estancia ¿Qué países aplican?

Los interesados deberán presentar la solicitud a título personal ante la Oficina de Proyectos Especiales del Servicio Nacional de Migración (SNM) y cumplir con una serie de requisitos.

Imagen ilustrativa de un joven extranjero trabajando en Panamá con la visa de corta estancia working holiday. Imagen generada con inteligencia artificial. / Generada con inteligencia artificial

Ciudad de Panamá/El Gobierno de Panamá creó una nueva subcategoría migratoria que permitirá a jóvenes extranjeros de entre 18 y 30 años permanecer en el país hasta por 12 meses y realizar actividades laborales temporales.

La subcategoría se denomina visa de corta estancia en calidad de turista participante del programa de Vacaciones y Viviendas (Working Holiday).

La medida quedó establecida en el Decreto Ejecutivo No. 21 del 13 de octubre de 2026 del Ministerio de Seguridad, publicado en la Gaceta Oficial Digital del 14 de octubre, que incorpora esta visa dentro de la categoría migratoria de No Residente.

Según el decreto, podrán solicitarla los nacionales de países con los que Panamá mantenga acuerdos bilaterales vigentes suscritos específicamente para este programa. La norma publicada en la Gaceta no incluye un listado de las naciones que cumplen con esta condición.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la visa?

Los interesados deberán presentar la solicitud a título personal ante la Oficina de Proyectos Especiales del Servicio Nacional de Migración (SNM) y cumplir con los siguientes requisitos:

  • Copia del pasaporte cotejada por un notario público panameño.
  • Tres fotografías tamaño carné.
  • Certificado de nacimiento apostillado que acredite que el solicitante tiene entre 18 y 30 años.
  • Certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá que confirme su participación en el programa Vacaciones y Trabajo.
  • Seguro médico que cubra toda la estadía en el país.
  • Acreditación de solvencia económica suficiente para cubrir su manutención.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen, debidamente apostillado.

La visa se concederá por un período de hasta 12 meses, sin posibilidad de prórroga. Al finalizar el programa, los beneficiarios deberán abandonar el territorio panameño y no podrán cambiar de categoría migratoria.

El decreto autoriza a los titulares de esta visa a realizar actividades laborales de carácter temporal durante su permanencia en el país. Sin embargo, no podrán ejercer trabajos de carácter permanente ni acceder a un permiso de residente permanente mientras dure su estadía.

Para trabajar, deberán obtener el permiso correspondiente del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel), que autorizará las actividades laborales temporales durante la vigencia de la visa.

El Servicio Nacional de Migración y el Ministerio de Relaciones Exteriores estarán a cargo de la administración del programa y del seguimiento de las actividades que desarrollen sus participantes en Panamá.

El incumplimiento de las disposiciones establecidas en el decreto podrá ocasionar la cancelación de la visa y la consecuente orden de deportación al país de origen.

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