MICI aclara que Gobierno no ha firmado 'acuerdo de concesión' con Minera Panamá

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MICI aclara que Gobierno no ha firmado 'acuerdo de concesión' con Minera Panamá / María De Gracia

Ciudad de Panamá, Panamá/El Ministerio de Comercio e Industrias de Panamá , aclaró que el Gobierno de la República de Panamá no ha firmado, a principios del presente año, documento jurídico alguno titulado “acuerdo de concesión 2023”, con la empresa Minera Panamá, S.A.

Esto en respuesta, a la petición realizada recientemente por el procurador de la Administración, Rigoberto González, quien solicitó al ministro de Comercio e Industrias Jorge Rivera Staff, una aclaración sobre el 'acuerdo de concesión' del que se refiere la empresa en el documento del arbitraje internacional contra Panamá, proceso que se inició el pasado 29 de noviembre ante la Corte Internacional de Arbitraje.

"Ni el Gobierno de la República de Panamá, ni el Ministerio de Comercio e Industrias han firmado a principios del presente año documento jurídico alguno titulado “acuerdo de concesión 2023”, que otorgue a la concesionaria Minera Panamá, S.A. derechos exclusivos para explorar, extraer, explotar, beneficiar, procesar, refinar, transportar, vender y comercializar el mineral metálico cobre", aclara el MICI en un comunicado.

" Nos permitimos reiterar a la Procuraduría de la Administración, la inexistencia de un documento de índole legal firmado por la República de Panamá a principios de este año titulado acuerdo de concesión 2023" indican.

Aclararon igualmente que, la Ley 406 de 20 de octubre de 2023, declarada inconstitucional mediante Fallo del Pleno de la Corte Suprema de Justicia de la República de Panamá, de fecha 27 de noviembre de 2023, publicado en Gaceta Oficial No.29922 del sábado 2 de diciembre de 2023, refiere tanto en su título, como en su contenido, a la aprobación de un Contrato de Concesión Minera celebrado entre el Estado y la sociedad Minera Panamá, S.A.

Con relación a la frase: “El acuerdo de arbitraje establece que el arbitraje se llevará a cabo en Miami, Florida" señalan que a su entender que First Quantum Minerals ltd. hace referencia a la Ley 406 de 2023, específicamente a la cláusula cuadragésima sexta del contrato de concesión celebrado entre Minera Panamá y el Estado panameño, que indica, entre otro, lo siguiente:

"República de Panamá -Gobierno Nacional- Ministerio de Comercio e Industrias Despacho del Ministro, cualquier controversia o reclamación entre la concesionaria y el Estado que surgiera o que estuviera relacionada con este Contrato, o con su cumplimiento, salvo controversias que se refieran a la guarda de la integridad de la Constitución Nacional de la República de Panamá, deberá ser resuelta por arbitraje internacional en derecho, de acuerdo con el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional vigente en la fecha de la entrada en vigor del presente Contrato".

Además, dicen que las Disposiciones sobre el Árbitro de Emergencia no serán aplicables. Las leyes que regirán el fondo de la controversia serán las leyes de la República de Panamá. Dichas controversias o reclamaciones serán resueltas por un tribunal arbitral compuesto por tres (3) árbitros. La sede del arbitraje será en la Ciudad de Miami, Florida, Estados Unidos de América. El idioma del arbitraje debe de ser español".

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