Para la próxima semana podría discutirse proyecto de ley que dicta regulación del servicio eléctrico

Tarifa eléctrica

Luz electrica
Luz electrica / Foto/Archivo
Saydie M. González - Periodista Multimedios
20 de marzo 2024 - 15:54

Ciudad de Panamá, Panamá/Para la próxima semana podría dar inicio la discusión en primer debate del proyecto de ley 1119, el cual busca modificar la Ley 6 de 1997 que regula la prestación del servicio público de electricidad.

La información fue proporcionada por el presidente de la subcomisión de Comercio y Asuntos Económicos, el diputado Roberto Ábrego, luego de que este martes 20 de marzo se dieran por concluidas las consultas realizadas durante varias semanas con los entes involucrados para afinar este importante proyecto de ley.

Según Ábrego, durante las consultas participó una representante de la Autoridad de los Servicios Públicos (ASEP), quien ofreció sus consideraciones a todo el articulado. Ahora, corresponde al Departamento de Asesoría Legal de la Asamblea Nacional armonizar todas las propuestas para que el informe final sea presentado a la Comisión de Comercio y Asuntos Económicos, y posteriormente se proceda a la discusión en primer debate.

Dada la relevancia de esta normativa, Ábrego anunció que una vez sea aprobada en primer debate, solicitará "urgencia notoria" ante el Pleno Legislativo para que se debata con prontitud previo a que finalice el periodo de sesiones ordinarias.

El diputado resaltó que el proyecto tiene como objetivo establecer tarifas justas para el consumo de electricidad, mejorar la calidad del servicio y resolver de forma rápida las quejas de los usuarios mediante un procedimiento especial.

En la última sesión de la subcomisión, participó la ingeniera Ana González, subgerente de la Sección de Energía y Tarifas de la ASEP, quien presentó propuestas de modificaciones para enriquecer el documento y mejorar la prestación del servicio eléctrico en beneficio de los consumidores.

Entre sus consideraciones, la representante de la ASEP dijo estar de acuerdo con el artículo donde se establece el resarcimiento económico o crédito a favor del cliente final por el incumplimiento, por parte de la empresa distribuidora, de los indicadores de calidad del servicio de energía eléctrica.

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