Aprueban en segundo debate modificaciones a ley de pensiones alimenticias

La Asamblea Nacional aprobó en segundo debate la Ley de Descentralización
La Asamblea Nacional aprobó en segundo debate las modificaciones a la Ley que regula el regimen de pensiones alimenticias. / Cortesía/Asamblea Nacional

Con la innovación a la Ley 42, General de Pensión Alimenticia, aprobada en segundo debate, se plantea bajar el incremento en la demanda de estos procesos que aumentaron en los dos últimos años y recalcar con las medidas de ejecución que el derecho a la pensión es del niño, pero no del padre o la madre.

El Proyecto 325, sobre modificaciones a la Ley 42, contiene elementos como pensión para personas mayores con discapacidad, hace referencia a que en caso de despidos o ceses de labores acordados, la pensión será descontada por adelantado de las liquidaciones. El empleador retendrá del 25% al 40% del total de la liquidación respectiva, suma que debe ser reconocida de la obligación alimentaria a cargo del alimentante.

Se aplicarán medidas por incumplimiento, entre ellos, el apremio corporal, hasta por un término de treinta días, trabajo social comunitario, la suspensión del paz y salvo municipal.

También se señalan la inhabilitación para contratar con el Estado o el municipio por un periodo igual al adeudado en concepto de pensión alimenticia, la suspensión provisional de la licencia de conducir, hasta tanto cumpla el pago de la pensión.

Asimismo, se aplicará la inclusión en la Asociación Panameña de Crédito u otra entidad de crédito y la publicación obligatoria trimestral de la lista de morosos en la página web del Órgano Judicial y los de la autoridad administrativa en la página web de la alcaldía respectiva. Al tratarse de un funcionario, se hará la publicación en la página web de la respectiva entidad donde trabaja.

Ante la demanda judicial, se insta a la implementación de los Juzgados Municipales de Niñez y Adolescencia, de los Juzgados de Ejecución de Pensión Alimenticia, de la Jurisdicción de Familia y de la Jurisdicción de Niñez y Adolescencia, que debían haber estado operando desde hace tres años.

Propone la solución alterna de conflictos, la obligación de suministrar información económica y financiera, en este caso, se propone 10 días de arresto a quien incurra en la ocultación de la condición económica del demandado. Asimismo establece la forma de pago en otra entidad bancaria de solicitarlo la parte demandante y la fijación de pensión prenatal.

Destaca el secuestro especial, se establece el defensor de ausente y el carácter gratuito de las pruebas de parentesco o matrimonio.

Esta serie de modificaciones surgió de la Comisión de Asuntos de la Mujer en el periodo pasado.

Temas relacionados

Si te lo perdiste
Lo último
stats