Imponen más de $7 millones en multa por irregularidades en servicios púbicos

La ASEP reveló la cifra de multas que se han impuesto en el primer semestre del 2017.

Se aplicaron sanciones a empresas de telefonías entre otras.
Se aplicaron sanciones a empresas de telefonías entre otras. / Cortesía.

Un total de 7.2 millones de balboas en sanciones a empresas de servicios públicos en Panamá, ha resuelto la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) durante el primer semestre de 20117.

Según la entidad, las multas se han impuesto por el incumplimiento a las normas vigentes en materia de electricidad, de telecomunicaciones y agua potable.

Divididas, las sanciones impuestas por la ASEP sumaron 7 millones 181 mil 734 balboas con 13 centavos para las empresas del sector de electricidad y 54 mil balboas para las empresas de telecomunicaciones.

Del total de multas impuestas en el sector eléctrico de Panamá, las empresas distribuidoras alcanzaron 5 millones 676 mil 734 balboas con 13 centavos, seguido de las empresas de generación con 755 mil balboas y las empresas de transmisión con 750 mil balboas.

Para el caso de las empresas de telecomunicaciones, se realizaron tres procesos contra el servicio de televisión pagada que sumaron sanciones por la suma de 4 mil balboas.

En tanto, se le aplicó una multa de 50 mil balboas a una empresa de telefonía por el servicio de cobro revertido (aquel que permite que las llamadas telefónicas sean pagadas por el destinatario para promover sus actividades, utilizando de manera creativa nombres fáciles de memorizar, haciendo uso de las letras asociadas a cada cifra decádica o marcación por pulsos consistente).

Por otra parte, el máximo total de sanción impuesto de manera individual, durante el primer trimestre del año, ascendió a 3 millones de balboas a una empresa de distribución de energía por el incumplimiento de las normas legales del servicio público de electricidad.

El total de multas interpuestas contra las empresas de la prestación de los servicios públicos de electricidad y telecomunicaciones a nivel nacional han sido acreditadas a la factura del total de los clientes del sector.

La Ley 38 de 31 de julio de 2000, por medio del cual se regula el procedimiento administrativo general aplicada supletoriamente a los procesos sancionadores, determina obligatorio cumplimiento el término para el pago y acreditación de la multa a los clientes.

Tras las multas impuestas, las empresas sancionadas han cumplido con la notificación a la ASEP sobre la entrega de multas a sus respectivos clientes y el detalle del crédito otorgado por razón de las multas aplicadas.

Si te lo perdiste
Lo último
stats