Certificados médicos de incapacidad deberán cumplir nuevas reglas de verificación

De cada certificado se dejará una copia en la que se registrará el diagnóstico, archivada en el expediente del paciente en el establecimiento donde fue atendido y emitido.

Foto ilustrativa de incapacidad médica. / Archivo: TVN Noticias

ciudad de panamá/El Ministerio de Salud (Minsa) oficializó el Decreto Ejecutivo N.° 17 de 11 de agosto de 2025, que establece el procedimiento para solicitar la verificación de autenticidad de certificados médicos de incapacidad, así como las condiciones para su expedición, validez, control y trazabilidad. La medida busca garantizar la seguridad jurídica y sanitaria en el manejo de estos documentos.

La normativa entrará en vigencia 60 días después de su publicación en Gaceta Oficial.

Requisitos para expedir certificados médicos

De acuerdo con la normativa, los médicos y odontólogos idóneos podrán emitir certificados de incapacidad, impresos o electrónicos, con numeración continua y sucesiva. Estos deben incluir:

De cada certificado se dejará una copia en la que se registrará el diagnóstico, archivada en el expediente del paciente en el establecimiento donde fue atendido y emitido. Además, se deberá consignar la historia clínicadel paciente, especificando diagnóstico, atención brindada y las fechas exactas de inicio y finalización de la incapacidad.

Autoridades responsables y procedimiento

El Minsa, a través de la Dirección General de Salud Pública, el Consejo Técnico de Salud y las Direcciones Regionales, será el encargado de recibir solicitudes de verificación cuando exista sospecha de falsificación o irregularidades.

Los empleadores —públicos o privados—, autoridades judiciales o administrativas podrán iniciar el trámite presentando:

  1. Solicitud con datos del solicitante, del trabajador incapacitado y del emisor del documento.
  2. Certificado de incapacidad original o copia notariada.

La Dirección Regional de Salud recabará pruebas, inspeccionará el establecimiento emisor y verificará la historia clínica correspondiente.

Faltas y sanciones

El Decreto tipifica como infracciones administrativas:

Los certificados que incumplan estos requisitos serán declarados nulos y su emisor podrá ser sancionado según la gravedad de la falta.

Consejo Técnico de Salud aplicará sanciones

Si se confirma una infracción, el caso será remitido al Consejo Técnico de Salud, que recomendará las sanciones correspondientes y mantendrá un registro actualizado de los profesionales sancionados.

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