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Ciudad de Panamá, Panamá/La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ha resuelto 85 demandas relacionadas con el caso de intoxicación masiva por dietilenglicol y todas han concluido con fallos condenatorios contra el Estado, específicamente la Caja de Seguro Social (CSS), según nos fue confirmado por fuentes judiciales consultadas por este medio.
En estos procesos, la Corte ha reconocido la responsabilidad estatal por las fallas en el servicio público que permitieron la producción y distribución de medicamentos contaminados con dietilenglicol en el Laboratorio de Producción de Medicamentos de la CSS entre 2004 y 2006.
Las condenas contemplan el pago de indemnizaciones a las víctimas o sus familiares en el caso de las que ya han perdido la vida, además de medidas de reparación que incluyen disculpas públicas por parte de la CSS.
Los montos varían de acuerdo con cada demanda: la mayoría de las condenas establece pagos de $25 mil, $35 mil, mientras que uno de los procesos fijó una indemnización de $150 mil, siendo esta una de las más altas registradas.
En abril de 2026, el Órgano Judicial informó sobre las primeras sentencias de fondo relacionadas con estas demandas. Entre ellas figuraban los procesos presentados por Juan Antonio Cisneros Morán, Yackeline del Carmen Reyes Anderson y Cindy del Carmen Guillén Casiano. En esos tres casos, la Sala Tercera determinó que existió una falla en el servicio público y ordenó al Estado pagar $25 mil a cada una de las víctimas por daño moral.
Aunque en esas demandas, según los magistrados, no se acreditaron completamente los daños materiales, pagos de cuotas y lucros cesantes, cuyos reclamos ascendían hasta $6 millones, el tribunal reconoció la afectación moral tomando en consideración la gravedad de los hechos y la vulnerabilidad de las personas perjudicadas.
Uno de los procesos con una indemnización superior corresponde a la decisión comunicada mediante el Edicto N.º 2921, cuya resolución fue emitida el 27 de octubre de 2026. La demanda contencioso-administrativa de indemnización o reparación directa fue presentada por la abogada Lidia Tejada Araúz, en representación de Isaías Falcón Puello, quien actúa en nombre de su difunta esposa, Olga McKay Cervantes de Falcón.
En este caso se solicitó una indemnización de $5 millones por los daños materiales y morales atribuidos al consumo de medicamentos contaminados con dietilenglicol. Sin embargo, la Sala Tercera, bajo la ponencia de la magistrada María Cristina Chen Stanziola, no accedió, como ocurrió con las otras sentencias, a las pretensiones relacionadas con las costas ni con los daños materiales, incluidos el daño emergente y el lucro cesante.
En su decisión, la Corte condenó al Estado panameño, por conducto de la CSS, a pagar $150 mil a los herederos declarados de Olga McKay Cervantes de Falcón, en concepto de indemnización por el daño moral derivado de la afectación a su salud.
Al igual que en las demás demandas resueltas, el fallo incluyó medidas de reparación. Entre ellas, ordenó a la CSS presentar disculpas públicas por escrito a los herederos de la víctima. Estas debían permanecer durante un mes en el sitio web institucional y en las redes sociales de la entidad. También dispuso la emisión de un comunicado dirigido a los medios de comunicación televisivos, escritos y digitales.
Para el pasado 23 de octubre, la CSS pidió perdón a las víctimas del envenenamiento por dietilenglicol y a sus familias, en cumplimiento de la sentencia. En ese sentido, reconoció su responsabilidad y se comprometió a garantizar atención a los sobrevivientes, cumplir las obligaciones judiciales y facilitar información sobre los procesos de indemnización.
“En nombre de la Caja de Seguro Social, les pido perdón”, expresó el director general, Dino Mon Vásquez, mediante un comunicado divulgado cuando se alcanzaban 20 años después de la tragedia. Añadió un "perdón por las vidas perdidas, por la salud quebrantada y por el sufrimiento que esta tragedia llevó a tantos hogares panameños. Perdón también por una confianza que fue vulnerada, precisamente cuando más necesitaban de nosotros”, manifestó.
Esta disculpa no debe entenderse solamente como el cumplimiento de una sentencia judicial. Es, ante todo, el reconocimiento de una responsabilidad institucional y de una deuda moral con las víctimas y sus familias
El director reconoció que las palabras no pueden devolver las vidas perdidas ni recuperar los años de sufrimiento de quienes continúan enfrentando las secuelas. “Las administraciones pasan. Los directores cambiamos. Pero las responsabilidades de una institución con su pueblo no desaparecen con el tiempo”, afirmó. Estas disculpas aún se mantienen en curso.
La resolución incorporó otras medidas, como la construcción de un monumento y la instalación de una placa conmemorativa con los nombres de las víctimas reconocidas en la sede de la Ciudad de la Salud. Además, ordenó colocar otra placa en las instalaciones donde funcionaba el Laboratorio de Producción de Medicamentos de la CSS.
El fallo también estableció que la institución habilite en su portal web una sección exclusiva sobre los casos de dietilenglicol, con un mapa interactivo por provincia e información actualizada sobre las demandas presentadas ante la Sala Tercera. Este espacio deberá permitir que cada paciente consulte la etapa procesal de su caso, la sentencia de fondo y el estado de su ejecución.
Las 85 demandas resueltas representan parte de los procesos judiciales impulsados por las víctimas y sus familiares para obtener el reconocimiento de los daños ocasionados por el consumo de medicamentos contaminados.