Corte Suprema no admite demanda contra resolución que faculta al contralor a secuestrar bienes
La decisión de la Corte no entró a analizar el fondo del cuestionamiento planteado por los demandantes.
Panamá/La Corte Suprema de Justiciano admitió una demanda de inconstitucionalidad presentada contra la resolución que reglamenta las medidas precautorias que facultan al contralor general de la República, Anel Flores, a ordenar el secuestro de bienes vinculados a presuntas irregularidades en el manejo de fondos públicos.
La decisión de la Corte no entró a analizar el fondo del cuestionamiento planteado por los demandantes, debido a que el recurso no cumplió con los requisitos formales para su admisión.
La demanda había sido presentada por los diputados independientes Janine Prado, Luis Duke, Yamirelis Chong y Alexandra Brenes, quienes cuestionaron la constitucionalidad de la Resolución N.° 3126-2025-LEG/PJ, emitida por Flores el 23 de septiembre de 2025 y publicada posteriormente en la Gaceta Oficial.
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Los diputados sostenían que la resolución vulneraba los artículos 32, 47, 280 y 281 de la Constitución Política, relacionados con el debido proceso, la protección de la propiedad privada, las funciones de la Contraloría y las competencias de la jurisdicción de cuentas.
Uno de los principales argumentos planteados era que la Contraloría estaría asumiendo facultades que corresponden a otras instancias del sistema de justicia, particularmente en materia de afectación de bienes.
Los demandantes también señalaban que, conforme a la Constitución, corresponde al Tribunal de Cuentas juzgar las cuentas de los agentes y empleados de manejo cuando existan reparos por supuestas irregularidades, por lo que cuestionaban que el contralor pueda disponer directamente medidas como el secuestro de bienes.
Una facultad que generó cuestionamientos
La Resolución N.° 3126-2025-LEG/PJ fue firmada por Flores el 23 de septiembre de 2025 y estableció un procedimiento para la aplicación de medidas precautorias destinadas a proteger fondos y bienes públicos.
Entre las medidas contempladas se encuentra el secuestro de bienes, además de la suspensión de pagos y la retención de salarios u otras remuneraciones cuando existan investigaciones relacionadas con posibles irregularidades en el manejo de recursos públicos.
El reglamento establece que las medidas pueden recaer sobre bienes de agentes y empleados de manejo, funcionarios y otras personas naturales o jurídicas vinculadas con las irregularidades detectadas.
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Contraloría defendió las medidas
En medio de la controversia, el Tribunal de Cuentas defendió la facultad de la Contraloría para aplicar medidas cautelares y sostuvo que el reglamento no creó nuevas atribuciones para el contralor, sino que desarrolló facultades contempladas previamente en la legislación.
El magistrado presidente del Tribunal de Cuentas, Rainier Del Rosario, explicó que la finalidad de estas medidas es evitar que los bienes vinculados a una investigación sean transferidos o desaparezcan antes de que concluya el proceso.
Según Del Rosario, el problema que se buscaba atender era el tiempo que transcurre entre una auditoría y la adopción de una medida cautelar. Citó como referencia que, en 2024, el Tribunal de Cuentas recibió 66 auditorías y que, en promedio, habían transcurrido cuatro años entre el inicio de una investigación y la aplicación de una medida cautelar.
El magistrado también sostuvo que las medidas adoptadas por la Contraloría quedan sujetas Por su parte, el presidente José Raúl Mulino respaldó en octubre de 2025 las facultades otorgadas al contralor y sostuvo que las medidas cautelares pueden aplicarse cuando exista mérito o causa suficiente para proteger el patrimonio del Estado.
Primeras aplicaciones
La Contraloría había emitido más de 40 órdenes de incautación sobre bienes valorados en más de $24 millones, según cifras proporcionadas por la propia institución.
La Contraloría ha aplicado esta herramienta en investigaciones patrimoniales contra exfuncionarios, como el exvicepresidente José Gabriel Carrizo, a la exsecretaria presidencial Nadia Del Río, al exdirector de la Dirección General de Ingresos, Publico De Gracias, el exadministrador de la Autoridad Marítima Noriel Araúz, el exalcalde de San Miguelito Héctor Valdés Carrasquilla y otros.