20 años después, la Corte señala que la concesión a Petaquilla debió ir a licitación

Minera Panamá
Minera Panamá / EFE

La Asamblea Nacional violó la Constitución porque en lugar de exigir al gobierno que convocara una licitación pública, aprobó un contrato directo a favor de Minera Petaquilla para la explotación de oro y cobre en Donoso, Colón.

Así lo señala el fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), del 21 de diciembre del año pasado, que declara inconstitucional el contrato de concesión suscrito en 1997 entre el Estado panameño y Minera Petaquilla.

El fallo, al que TVN Noticias tuvo acceso, resuelve dos demandas de inconstitucionalidad presentadas en 2009 por Susana Serracín, en representación del Centro de Incidencia Ambiental y por Ramón Sevillano, a título personal.

El contrato demandado venció el 28 de febrero del año pasado, pero el actual gobierno le dio una prórroga de 20 años más a la empresa que ahora se llama Minera Panamá, y que aún realiza trabajos de explotación mineral en Donoso.

La Corte señaló en el fallo que para esa fecha estaba vigente el Decreto de Gabinete 267 del 21 de agosto de 1969, que regulaba el marco legal para otorgar concesiones mineras.

El citado decreto establecía que debía convocarse una licitación, evaluar las propuestas y celebrar el contrato. Además debían participar empresas estatales o mixtas.

Según los magistrados de la Corte, la ley general de Contrataciones Públicas de 1995, no permitía que se exceptuara la licitación para este contrato porque ya había una regulación para las concesiones mineras.

Jerónimo Mejía fue el magistrado ponente del fallo, cuya decisión fue unánime.

En su momento, las exprocuradoras de la Nación Ana Belfon y Ana Matilde Gómez, emitieron su opinión pidiendo a la Corte que rechazara las demandas. Ambas consideraron que el contrato a Minera Petaquilla no era inconstitucional.

La concesión fue otorgada en el gobierno del presidente Ernesto Pérez Balladares y aprobada en la Asamblea durante la presidencia de la entonces legisladora Haydee Milanés de Lay.

La Secretaría General de la Corte publicó un edicto este lunes para notificar a las partes. Cumplido ese trámite, se debe publicar la decisión en Gaceta Oficial.

Si te lo perdiste
Lo último
stats