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Lo que debes saber para gozar de la licencia por paternidad

Lo que debes saber para gozar de la licencia por paternidad / TVN Noticias

Todo hombre que labore en el sector público o privado, podrá gozar de la licencia de paternidad, siempre y cuando cumpla con algunos requisitos.

Según detalló el secretario general del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel), Alfonso Rosas, la Ley N°27 del 23 de mayo que crea la “licencia de paternidad para los trabajadores de empresas privadas y los servidores públicos” concede tres día hábiles de licencia con remuneración al momento del nacimiento del hijo o hija.

Para acogerse a la licencia, el hombre tendrá que cumplir con los siguiente requisitos:

Por su parte, el presidente de la Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresas (Apede), Juan Gabriel González, señala que existen algunos vacíos en la nueva normativa.

Una de las primeras dudas que salió a relucir es si una empresa cuenta con su convenio colectivo de trabajo y se establece un día de licencia por paternidad ¿qué se debe aplicar?

El secretario general del Mitradel explicó que se debe tomar la condición más favorable para el trabajador en este caso la ley que establece tres días. Sin embargo, aclaró que no es acumulable por vacaciones y demás.

Sí su esposa o conviviente llegase a tener un parto de gemelos, mellizos, trillizos, entre otros, solo se dará tres días por alumbramiento, no por bebé.

Según Rosas se estima que hay dos hijos por hogar promedio, por lo que en un mismo año, es difícil que se otorgue más de una licencia, ya que el nacimiento del bebé se da en su mayoría durante los nueve meses de embarazo de la mujer.

Con la promulgación de esta ley, se busca estrechar los lazos familiares; sin embargo, lo que al sector privado le genera preocupación es que se dé una interpretación errónea pro parte de los trabajadores.

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