Solo dos de los ocho candidatos presidenciales han renunciado a su fuero penal electoral

fuero penal electoral

Melitón Arrocha y Ricardo Lombana
Melitón Arrocha y Ricardo Lombana / TVN
Aminta Bustamante - Periodista
11 de marzo 2024 - 16:03

Ciudad de Panamá/Solo dos de los ocho candidatos presidenciales que se disputan la silla presidencial se han despojado de la coraza del fuero penal electoral, prerrogativa que impide que sean investigados o detenidos sin orden del Tribunal Electoral.

Se trata de Ricardo Lombana, del Movimiento Otro Camino, y Melitón Arrocha, de la libre postulación. Lombana anunció el pasado 26 de febrero, en medio del primer debate presidencial, que presentó al Tribunal Electoral su renuncia al fuero penal electoral.

Mientras que este lunes, Arrocha, quien señaló que emulaba a Lombana, se presentó a la secretaría del Tribunal Electoral a hacer lo propio.

En tanto, la candidata presidencial por la libre postulación, Zulay Rodríguez, no renunció a su fuero, pero se encuentra desaforada debido a la investigación que se le sigue por el caso de los lingotes de oro.

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El resto de los candidatos: Rómulo Roux, de Cambio Democrático y el Partido Panameñista; Maribel Gordón, de la libre postulación; Martín Torrijos, del Partido Popular; José Raúl Mulino, de Realizando Metas y Alianza, aún no lo han considerado. Ninguno ha señalado la razón.

Otros casos

Para finales del año pasado, eran 52 los candidatos que habían rechazado el fuero. La mayoría de las renuncias al fuero penal electoral provienen de los candidatos que utilizan la libre postulación y que actualmente tienen sus candidaturas en firme.

Algunos por exigencias de sus agrupaciones, como los de la Coalición Vamos; otros por cuenta propia; y hay quienes las autoridades han pedido el desafuero.

Sobre este último caso, el Tribunal Electoral informó que tramita 22 solicitudes de levantamiento de fuero penal electoral para 17 personas a petición de las autoridades. Entre ellas, el caso del candidato a diputado del Partido Revolucionario Democrático, Bernardo Meneses; Jaime Ford Castro, Ricardo Alberto y Luis Enrique Martinelli Linares Alma Cortés y Alex Lee.

La candidata a suplente del Parlamento Centroamericano, Alma Cortés aseguró la tarde de hoy, lunes que ella renunció a su fuero y que, por ende, no existe un levantamiento como tal.

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¿Qué es el fuero penal electoral?

De acuerdo con el artículo 305 del Código Electoral, "el fuero penal electoral es el derecho que tienen los presidentes, vicepresidentes, secretarios y subsecretarios generales de los partidos legalmente constituidos, los candidatos, delegados electorales, entes electorales de los partidos políticos, miembros de las corporaciones electorales, funcionarios electorales y enlaces para no ser investigados, detenidos, arrestados o procesados en materia penal, policial o administrativa, siempre que estas últimas involucren la imposición de una pena privativa de la libertad, sin que medie autorización expresa y previa de los juzgados administrativos electorales, salvo en caso de flagrante delito".

Este privilegio ha sido sumamente cuestionado, debido a que ayudó a que políticos a zafarse de casos pendientes con la justicia

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