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Califican de 'absurdo y divorciado de la ley ' el fallo contra sentencia en caso 'Pinchazos'

Reaccionan por fallo de la Corte en caso "Pinchazos"

El abogado Carlos Herrera Morán, catalogó de “absurdo y divorciado de la Constitución y la ley”, el fallo de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que recientemente resolvió no admitir el recurso de casación y anulación en representación de los querellantes Balbina Herrera, Mitchel Doens y Mario Zuñiga, presentado contra la sentencia en el “Caso Pinchazos”, que declaró no responsable al expresidente Ricardo Martinelli.

Morán, quien este miércoles, presentó un recurso de reconsideración, sostuvo que como jurista se siente profundamente triste de la situación por la que atraviesa la justicia panameña, “fallos absurdos, que solo contribuyen a pavimentar la infraestructura jurídica de la impunidad, pero de los poderosos, económicos y políticos”.

Agregó que en el caso del expresidente Martinelli, interpuso desde agosto del año pasado el recurso de casación, que debió haber sido resuelto en 30 días, según la ley y pasaron magistrados de la Sala Penal, hasta que vino la magistrada Maribel Cornejo, con el fallo, decidiendo no admitir la casación.

El abogado sostuvo que, esto se dio pese a que, según las leyes, en ningún caso se ordenará inadmisible un recurso de casación sin antes mandarlo a corregir.

Moran explicó que presentó la casación porque consideró que el Tribunal de Juicio Oral, que absolvió a Martinelli, no valoró correctamente las pruebas y hubo una especie de “insubordinación jurídica, frente a la Corte”, puesto que la Corte ya había decidido qué pruebas se admitían y cuáles no, y este tribunal “cuyos jueces estaban al servicio de Martinelli”, dijeron que las pruebas habían sido obtenidas ilegalmente.

El fallo de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que el pasado lunes 10 de agosto, resolvió no admitir el recurso de casación y anulación en el “caso pinchazos”, además declaró no ser competente para reconocer el recurso de anulación formalizado por el fiscal Ricaurte González, por ello devuelve la actuación al Tribunal de Apelación del Primer Distrito Judicial.

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