Alcaldía de Panamá emite normativas para celebración del Carnaval

Alcaldía de Panamá emite normativas para celebración del Carnaval
Redacción
11 2015 - 06:35

La Alcaldía de Panamá emitió, mediante comunicado de prensa,sendas disposiciones para la celebración del Carnaval de Panamá; regulando el uso de los aparatos de sonido en la ruta del desfile, estableciendo horarios para la celebración de los culecos, prohibiendo disfraces que simulan a los uniformes de los estamentos de seguridad y levantando la Ley Zanahoria durante los 4 días de jolgorio.

El Decreto Nº 12 de 6 de febrero de 2015 establece que se permitirán los culecos desde las 10 de la mañana a 2 de la tarde en las áreas asignadas para esta actividad en la cinta costera, siempre y cuando se utilice el agua recomendada por el Ministerio de Salud.

Diversión con respeto

La norma que solicita a la ciudadanía y a los visitantes extranjeros divertirse con respeto y cordura, pide además evitar desórdenes que alteren la tranquilidad o puedan provocar molestias a terceras personas.

Queda prohibido los actos que atenten contra la moral y las buenas costumbres, teñirse total o parcialmente el cuerpo con sustancias colorantes, usar látigos o jeringuillas o cualquier otro método de coacción para pedir dinero.

El documento legal rechaza también el uso de disfraces cuya imitación se pueda prestar a confusión con los uniformes de los estamentos de seguridad y utilizar los hábitos sacerdotales y los emblemas nacionales o de otros países en comparsas disfraces o carros alegóricos.

Durante la fiesta de momo esta prohibido el ingreso de neveras portátiles, portar armas de fuego (aún con permiso), portar armas blancas o punzo cortantes, e instalar o usar equipos de sonido en los puestos de venta de comida o de venta ambulante.

Puestos de vigilancia

La Alcaldía de Panamá tendrá durante los 4 días de carnaval dos puestos de corregiduría habilitados en horario de 6 de la mañana a 6 de la tarde en la ruta de la Cinta Costera, específicamente en los estacionamientos del Teatro Assa.

El decreto también deja sin efecto la norma 1896 y 1899 de 2011 y establece que los centros de diversión nocturna podrán operar los 4 días de carnaval en horario completo pero en las casas solamente se podrá realizar celebraciones hasta las 12 de la medianoche.

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