Anteproyecto de ley busca prohibir el autoservicio de combustibles en el país
El pasado 15 de julio del 2021, en la Comisión de Comercio y Asuntos Económicos se presentó una propuesta de ley que busca prohibir el autoservicio de combustibles al 100% en las estaciones a nivel nacional.
Se trata del anteproyecto 037, presentado por los diputados Daniel Ramos, Manolo Ruíz, Eugenio Bernal y Julio Mendoza, que regula el autoservicio de combustible en todo el país y que aparentemente está inspirado en salvaguardar la seguridad de los consumidores, así como la integración de personas con discapacidad en la sociedad.
Esta iniciativa plantea que con la práctica de autoservicio que actualmente se desarrolla en casi todas las gasolineras del país, las personas con discapacidad de movilidad o aquellas que presentan reacciones alérgicas a los derivados del petróleo se ven afectados con estas disposiciones que no son inclusivas.
Además, resalta que el autoservicio ha generado pérdida de plazas de trabajo, supone riesgos para los consumidores y el servicio debe ser realizado por una persona capacitada capaz de evitar accidentes o poder responder de forma adecuada y oportuna en caso que se den.
Los peligros cuando se ingresa a una estación de combustibles son varios, y muchas veces tan impensables que los conductores los ignoran al momento de repostar, haciéndolo con el motor o las luces encendidas, manipulan el teléfono celular, o ingresan con un cigarro encendido, estas actitudes podrían provocar graves accidentes.
Dicho esto, el artículo 3 del anteproyecto 037 establece que: Se prohíbe en el territorio nacional el autoservicio al cien por ciento, en el expendio de combustibles líquidos y/o gas en todas las estaciones de servicio, autorizadas para funcionar en la República de Panamá.
Además, señala que todas las estaciones de combustible deberán contar con un personal por turno para realizar el expendio, la misma debe estar capacitada por el Cuerpo de Bomberos en la aplicación de las normas de seguridad para expedir combustible, realizar controles de fluidos de motores, calibrado de cubiertas y prevenir incendios.
Pero, este borrador también contempla la posibilidad de que los consumidores puedan autoservirse, sin embargo, deberán ser supervisados por personal autorizado de la estación de combustible.
También establece multas de 2 mil dólares a las estaciones que no cumplan con lo establecido y de 4 mil dólares en caso de que sean reincidentes. Estas sanciones estarán a cargo de los Municipios y el dinero se utilizará el 50% en obras municipales y el otro 50% pasarán a una cuenta especial de la Secretaria Nacional de Discapacidad.
El documento aclara que se exceptúan de estas disposiciones las instalaciones destinadas al abastecimiento de combustibles para embarcaciones y aeronaves