Autoridad Marítima de Panamá inicia operativo por fiestas patrias
La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) reforzó a su personal a nivel nacional, debido al aumento en la afluencia de pasajeros que utilizan la vía marítima para trasladarse hacia y desde las zonas insulares del país con motivo de las fiestas patrias.
La institución habilitó un pie de fuerza a nivel nacional de 130 unidades, además se hará docencia para que los ciudadanos sepan las medidas de seguridad que deben de exigir en las embarcaciones, así como utilizar los puertos, muelles y facilidades portuarias legalmente establecidas.
El personal técnico de la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares y de la Oficina de Seguridad Institucional y Protección Marítima que estarán laborando para este “Operativo de Fiestas Patrias” verificarán que los propietarios, operadores o capitanes de las embarcaciones, tengan su permiso de navegación, así como el certificado de seguridad vigente para poder zarpar y mantengan las medidas de seguridad reglamentarias.
Las naves deberán de contar con los requisitos mínimos de seguridad, entre ellos: tener chalecos salvavidas, equipo de comunicación apropiado, luces de bengala, motor fuera de borda en buenas condiciones, extintor de incendios portátiles tipo ABC no menor de cuatro kilos, entre otras.
Algunas recomendaciones son: abordar la nave lentamente y con cuidado, a medida que abordan deben ser distribuidos por banda de uno en uno, entregar un salvavidas a cada pasajero tan pronto suba a la nave, los pasajeros deberán contar con su mascarilla durante todo el viaje, permanecer sentados durante las maniobras de atraque, desatraque y navegación, entre otras.
El personal tripulante de la nave, debe poseer el conocimiento y el entrenamiento apropiado para garantizar la seguridad de la navegación. Se reitera que las embarcaciones fuera de borda podrán realizar viajes solamente de 6:00 a.m. a 6:00 p.m.
Las embarcaciones que se dediquen a la Pesca Artesanal o Pesca Semi-Industrial no pueden llevar pasajeros, mientras que las naves que prestan servicio de transporte de pasajeros no deben exceder el número de personas para lo cual están habilitadas y deberán considerar el equipaje como parte de la capacidad de carga de la nave. La AMP reitera que es la única institución encargada de expedir el certificado de navegación y seguridad, documento obligatorio para zarpar.
Las embarcaciones que no cuenten con su respectiva documentación en regla o que no sea apta para el transporte de pasajeros no se le permitirá el zarpe, ya que ello pone en peligro la vida humana en el mar.
Toda embarcación registrada en la AMP, debe de portar su nombre grabado en el casco de la nave, que sea de manera legible.