Martín Torrijos rechaza jubilaciones especiales para magistrados y jueces

Torrijos advirtió que esta situación refleja una “doble moral” y una “desconexión con la realidad” que está llevando al país “al límite de su paciencia”.

Expresidente Martín Torrijos / TVN Noticias

Ciudad de Panamá/El expresidente de la República, Martín Torrijos, reaccionó a la aprobación de las jubilaciones especiales para magistrados y jueces por parte del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, calificando la medida como “inaceptable”.

“El autoaumento de jubilaciones al 100% del salario para jueces y magistrados, aprobado por la Corte Suprema de Justicia, es inaceptable. Prestigiosos juristas lo califican de inconstitucional”, manifestó Torrijos.

El exmandatario recordó que esta iniciativa fue aprobada el año pasado y aseguró que “no pudo ocurrir sin la complacencia del Órgano Ejecutivo”. Añadió que existe una contradicción, ya que “aumentan el presupuesto, repiten que las jubilaciones especiales son insostenibles y aprueban una polémica reforma a la CSS, mientras en realidad permiten que, en silencio, se reactiven esas mismas jubilaciones para el Órgano Judicial”.

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Torrijos advirtió que esta situación refleja una “doble moral” y una “desconexión con la realidad” que está llevando al país “al límite de su paciencia”.

“Es una afrenta más contra la gente. Y a esta burla constante hay que ponerle un alto. Esto es, sencillamente, indignante”, sentenció.

Jubilaciones especiales

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ)aprobó por unanimidad la creación de un fondo de compensación por retiro dirigido a jueces y magistrados del Órgano Judicial. La medida, formalizada mediante el acuerdo N.° 407 del 18 de julio de 2024 y publicada en Gaceta Oficial el viernes 8 de agosto, busca fortalecer la independencia e imparcialidad de la judicatura y ofrecer mejores condiciones laborales a quienes ejercen funciones jurisdiccionales en el país.

Según lo expuesto en el documento, este mecanismo pretende no solo garantizar un retiro digno para los funcionarios judiciales, sino también incentivar la renovación del recurso humano dentro del sistema, manteniendo la continuidad de los planes institucionales.

El acuerdo establece que, de los 519 jueces y magistrados que integran el Órgano Judicial, alrededor de 133 —equivalentes al 26 %— cumplen actualmente con la edad de retiro o jubilación. El impacto presupuestario de la medida representa el 0.26 % del presupuesto institucional.

Detalles del beneficio

A partir del 1 de enero de 2025, los jueces y magistrados que alcancen el derecho a jubilación podrán recibir una compensación económica, calculada sobre la base del último salario devengado y complementada por la institución, luego de descontar el monto que cubra la Caja de Seguro Social (CSS).

La escala de compensación será la siguiente:

"En virtud de que el nombramiento de un Magistrado o Magistrada de la Corte Suprema de Justicia, es por periodo fijo, en el evento de que venza su periodo constitucional o se retire de la Institución por cualquier causa, sin que haya alcanzado el derecho a la jubilación de acuerdo con la Ley Orgánica de la Caja de Seguro Social, tendrá derechos adquiridos para obtener la compensación económica a que se refiere en este ordinal, una vez alcance la jubilación", señala el documento.

Documento
Acuerdo N°407 de 18 de julio de 2024, “Por el cual se crea un fondo de compensación por retiro para Jueces y Magistrados del Órgano Judicial”.
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Fundamentos y antecedentes

La decisión se apoya en disposiciones constitucionales y en acuerdos internacionales, como el Protocolo Iberoamericano sobre Independencia y Responsabilidad Judicial aprobado en 2021, que destaca la importancia de garantizar condiciones adecuadas y estables para el ejercicio de la función jurisdiccional.

Asimismo, la Corte recordó que la Ley 316 de 2022 y el marco jurídico vigente limitan las posibilidades laborales, comerciales y empresariales de jueces y magistrados, incluso para sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, lo que refuerza la necesidad de compensaciones proporcionales a la responsabilidad del cargo.

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