Revocatoria de mandato: la herramienta ciudadana que gana terreno en Panamá

Aunque la revocatoria está respaldada por la 'Constitución' y leyes, fue en 2020 cuando el Tribunal Electoral reglamentó formalmente su aplicación para candidatos de libre postulación.

Recolección de firmas
Tribunal Electoral adminitó esta semana varias solicitudes de revocatoria de mandato. / Foto cortesía: Tribunal Electoral.

Ciudad de Panamá/La revocatoria de mandato, una figura aún poco utilizada, pero con fuerte carga simbólica en la democracia panameña, comienza a ocupar un lugar más visible en el escenario político del país.

En los últimos años, ciudadanos de diversas provincias han impulsado este mecanismo para exigir la salida anticipada de autoridades electas por la libre postulación que, según alegan, han incumplido sus funciones o han perdido legitimidad.

Pero ¿Qué es exactamente la revocatoria de mandato y cómo se aplica en Panamá?

¿Un instrumento para exigir cuentas o de ataque político?

Se trata de un proceso legal y político mediante el cual los electores pueden remover del cargo a una autoridad elegida por voto popular antes de que concluya su período. En palabras sencillas, es una vía democrática para decir: “Usted ya no nos representa”.

Aunque la revocatoria está respaldada por la Constitución y leyes como la 60 de 2006, la 14 de 2010 y la 4 de 2013, fue en 2020 cuando el Tribunal Electoral reglamentó formalmente su aplicación para candidatos de libre postulación, a través del Decreto No. 49.

El procedimiento contempla pasos muy específicos: la solicitud debe ser presentada ante la Dirección Regional de Organización Electoral, luego es evaluada por el Tribunal Electoral, se otorga derecho a apelación al funcionario implicado y, finalmente, la resolución se remite a la Fiscalía General Electoral.

Este proceso aplica exclusivamente a figuras electas de forma independiente, es decir, sin respaldo partidario, pues los partidos tienen establecido dentro de su estatuto el reglamento para revocar a sus autoridades electas.

Por lo general, estas solicitudes son presentadas por excontendientes de las autoridades. En 2022, ciudadanos liderados por Raúl Rodríguez iniciaron un proceso de revocatoria contra el exalcalde del distrito de Panamá, José Luis Fábrega, así como otras autoridades locales de diferentes provincias; sin embargo, los procesos se archivaron y solo quedaron en la primera fase del proceso, debido a que no lograron la recolección de firmas para convocar el referéndum revocatorio en el plazo establecido.

Y es que presentar una solicitud para revocar el mandato de cualquier autoridad de elección popular es fácil. Lo difícil, sin embargo, es cumplir con las dos fases del proceso: la recolección de firmas y el referéndum.

La exprocuradora y exdiputada Ana Matilde Gómez reconoce el valor democrático de la medida, pero también advierte sobre los abusos que pueden derivarse de una aplicación sin filtros adecuados.

Estoy de acuerdo en que la activación de esta medida, en la mayoría de los casos, obedece más a propósitos inconfesables y muchas veces disfrazados, lo cual representa un abuso de la misma”, dijo.

Añadió que le corresponderá al Tribunal Electoral (TE) mejorar los controles iniciales mediante requisitos más claros, con el fin de encontrar un equilibrio: evitar que el mecanismo sea imposible de aplicar cuando existan razones legítimas y al mismo tiempo, impedir que se convierta en un instrumento de desquite, chantaje politiquero o coacción para controlar al servidor público electo.

Javier Ordinola, abogado especialista en temas electorales, considera que la existencia de la revocatoria de mandato en una democracia es “sana”, porque permite al ciudadano que eligió decirle a ese mismo funcionario: “No estás haciendo las cosas correctamente y debes irte”. Sin embargo, advierte que no debe aplicarse por “cualquier tema”.

Se manifestó en contra del actual mecanismo para la revocatoria, pues —según explicó— está diseñado para que no se logre el objetivo. Detalló que el proceso de recolección de firmas y luego acudir a un referéndum representa un “desgaste”. Eso, afirmó, no es democrático, ya que “para elegirlo es un solo proceso, una sola elección”.

Por su parte, el actual vicealcalde del distrito de Panamá, Roberto Ruiz Díaz indicó que la revocatoria de mandato es una acción ciudadana". Todo funcionario electo, incluido yo, debemos estar sometidos al escrutinio público y esta es una herramienta de control, en la cual se debe mirar todo, pues no somos elegidos para decir una cosa y hacer otra cosa".

Sin embargo, dijo que las reglas del juego fueron cambiadas en el método de recolección de firmas, lo que lo hace difícil.

El Decreto 49 no contempla causales específicas, solo repite a la ley que, en este caso, quien quiere iniciar un proceso debe cumplir con llenar su solicitud y buscar 30 % de firmas. Es solo el primer paso, y luego vendría el referéndum, que muchos no saben.

Esta medida sí puede ser usada para temas políticos, lo puede ser, y en 2022 señalé que debería existir causales mínimas", precisó.

Dos caminos hacia la destitución

En Panamá existen dos tipos de revocatoria:

  • Revocatoria popular: promovida por los ciudadanos. Para proceder, debe recolectarse un número de firmas equivalente al 30% del padrón electoral del circuito donde fue electa la autoridad. Si se cumple este requisito, el Tribunal Electoral puede convocar a un referéndum vinculante.
  • Revocatoria partidaria: impulsada por los propios partidos políticos, en caso de que alguno de sus miembros electos incurra en faltas graves a los estatutos o haya sido condenado por delitos dolosos con penas de cinco años o más.

Una herramienta en movimiento

Aunque su uso aún es limitado, la revocatoria de mandato ha empezado a materializarse en casos concretos. En lo que va de este año, el Tribunal Electoral ha recibido al menos nueve solicitudes contra autoridades electas por libre postulación, la mayoría concentradas en la provincia de Panamá Oeste.

Entre las figuras que enfrentan o han enfrentado procesos de revocatoria se encuentran:

  • Stefany Peñalba, alcaldesa de Arraiján
  • Oliver Joel Ríos, vicealcalde de Arraiján
  • Manuel Cheng, diputado del circuito 13-1
  • Raquel Murillo, representante de Juan Demóstenes Arosemena
  • Franklin Valdez, alcalde de Barú, Chiriquí
  • Olga Paulette Thomas, diputada del 8-3
  • Salvador Lobos, representante suplente en Arraiján

En este nuevo proceso, a diferencia de 2020, se estableció que la recolección de firmas debe ser presencial y los ciudadanos que firmen pueden retractarse, retirando su apoyo.

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