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Activan nuevos juzgados ejecutores de pensión alimenticia en varias provincias del país

Juzgados de pensión alimenticia

El primer juzgado en materia de ejecución de pensión alimenticia fue inaugurado a finales de mayo de 2024.

A través de esta dependencia, se podrán secuestrar bienes y suspender licencias de quien incumpla sus responsabilidades.

Oficina del juzgado de Ejecución de Pensión Alimenticia
Oficina del juzgado de Ejecución de Pensión Alimenticia / Cortesía/Órgano Judicial

Ciudad de Panamá/Cinco nuevos juzgados ejecutores de pensión alimenticia fueron implementados en las provincias de Panamá, Panamá Oeste, Colón y Chiriquí.

La instalación de las nuevas instancias judiciales fue aprobado mediante el Acuerdo N° 348-2024 del Órgano Judicial, publicado en Gaceta Oficial el martes 23 de julio.

La implementación de estos juzgados ejecutores se da luego que el Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), presidido por la magistrada María Eugenia López, se reuniera el pasado 24 de junio del presente año, y aprobara la instauración de las nuevas dependencias judiciales. El primer juzgado en materia de Ejecución de Pensión Alimenticia de Niñez y Adolescencia fue inaugurado a finales de mayo de 2024, en el cuarto distrito judicial, comprendido por las provincias de Herrera y Los Santos.

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Los cinco nuevos juzgados de ejecución de pensión alimenticia, en la jurisdicción de Familia, en atención a la división territorial en lo judicial, son:

  1. Juzgado de Ejecución de Pensión Alimenticia en el Primer Distrito Judicial, con sede en el Primer Circuito Judicial de Panamá, en la ciudad de Panamá
  2. Juzgado de Ejecución de Pensión Alimenticia en el Primer Distrito Judicial, con sede en el Segundo Circuito Judicial de Panamá, en San Miguelito
  3. Juzgado de Ejecución de Pensión Alimenticia en el Primer Distrito Judicial, con sede en el Tercer Circuito Judicial de Panamá, en La Chorrera
  4. Juzgado de Ejecución de Pensión Alimenticia en el Primer Distrito Judicial, con sede en el Circuito Judicial de Colón, en la ciudad de Colón
  5. Juzgado de Ejecución de Pensión Alimenticia en el Tercer Distrito Judicial, con sede en el Circuito Judicial de Chiriquí, en la ciudad de David.

De acuerdo con el Órgano Judicial, esta decisión se toma ante el aumento de casos en la jurisdicción de Familia en el incumplimiento de pensiones alimenticias en las provincias de Chiriquí, Colón, Panamá Oeste y Panamá.

¿Qué funciones tienen?

Los nuevos juzgados ejecutores estarán encargado de resolver el incumplimiento del no pago de las pensiones alimentaciones, para asegurar que se logre el cumplimiento, el mismo cuenta con una serie de facultades descritas en la ley general de pensiones de 2012.

Según lo explicado por Digna Rodríguez, jueza de Ejecución de Pensión Alimenticia del cuarto distrito judicial, si alguien no paga en el término establecido, se pueden ejecutar amplias medidas a través de la figura de un alguacil, que no solo es el apremio corporal, sino también comprende el secuestro especial de bienes, suspensión de licencias e impedimento para contratar cualquier tipo de servicio con el Estado, entre otras medidas.

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