Posiciones encontradas por ley sobre reintegro de trabajadores con contratos suspendidos

Posiciones encontradas por ley sobre reactivación de contratos / Luis Jiménez
Luis Jiménez - Periodista
26 de febrero 2021 - 21:23

Ciudad de Panamá/La ley reformas temporales al Código laboral, según el Ministerio de Trabajo, establece los mecanismos para que se deben aplicar para el reintegro de los trabajadores suspendidos en pandemia.

Carlos Ayala, asesor del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel), explicó que la norma permite la extensión de la suspensión de contratos: de 3 meses para el sector primario, 6 meses el secundario y 8 el terciario.

Es decir, durante este período los empleadores pueden pedir la prórroga de la suspensión, pero no del 100% del personal.

Julio De La Lastra, Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP), dijo que la ley está dirigida a apoyar tanto a empleadores como colaboradores, recordó que el interés del sector privado es preservar y crear más empleos, pero que esto solo se logra si se le brinda el apoyo a las empresas para que se robustezcan.

La ley recientemente sancionada por el presidente de la República, Laurentino Cortizo, también establece el pago de la licencia de maternidad que quedó suspendido por pandemia, la Caja de Seguro Social se evalúa el mecanismo de pago, si será retroactivo es una de las interrogantes.

Gustavo Herrera, dirigente de la Confederación Unificada de Trabajadores de Panamá, advierte que esta “es una ley de protección del empleo, que por ninguna parte protege el empleo”.

Dijo que “el empleo pleno es la ejecución del mismo y el goce de un salario, no la suspensión eterna de la actividad laboral”.

Según cifras del Ministerio de Trabajo hasta la fecha se han reintegrado 124 mil trabajadores de los 280 mil que estuvieron suspendidos por la pandemia.

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