Publican decreto para el reintegro de los trabajadores con contrato suspendido

Publican decreto para el reintegro de los trabajadores con contrato suspendido

La tarde de este martes 15 de diciembre se publicó en Gaceta Oficial el Decreto Ejecutivo N° 229 que establece medidas laborales temporales para el reintegro de los trabajadores con contrato suspendido.

La reintegración de los trabajadores será de manera gradual y dependiendo del sector económico al que pertenece la empresa.

A partir del 1 de enero de 2021, los trabajadores con suspensión de los efectos de los contratos prorrogados en virtud de la Ley 157 de 2020, serán reintegrados a sus puestos de trabajo de manera gradual, de conformidad con las disposiciones del Decreto Ejecutivo en mención”, establece el artículo primero de la normativa.

El Decreto Ejecutivo desglosado por sector económico establece los porcentajes de trabajadores que empezarán a ser reactivados. A Continuación, la información:

Empresas que se mantienen cerradas por disposición de las autoridades

Empresas que forma parte del sector primario

Las empresas que forman parte del sector secundario

Empresas que forman parte del sector terciario

Empresas del sector turismo

Tendrán prioridad para ser reintegrados durante el primer mes los miembros directivos de los sindicatos, los representantes sindicales y las trabajadoras con fuero de maternidad con contratos suspendidos.

Mira el decreto completo aquí.

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