Remiten caso de 'Juntas Comunales' al Primer Tribunal Superior de Justicia

Remiten caso de 'Juntas Comunales' al Primer Tribunal Superior de Justicia

El juez quinto de Circuito Penal de Panamá, Enrique Paniza remitió el caso “Juntas Comunales” al Primer Tribunal Superior de Justicia para que resuelva el amparo de garantías constitucionales.

El pasado 14 de enero, dicho tribunal admitió una acción de amparo de garantías en contra de la orden que declara causa compleja el denominado caso.

En tanto, Paniza remitió a la citada instancia el cuadernillo junto a 163 tomos de copias autenticadas del expediente.

Paniza, envió con el Oficio N° 43 de 15 de enero de 2020, a la magistrada del Primer Tribunal, Lilianne Ducruet, ponente del amparo de garantías constitucionales interpuesto por el abogado Christian Lara, en representación de la firma forense Fuentes y Rodríguez Law Firm, el referido cuadernillo y copias de tomos del expediente, informando que la resolución atacada es el Auto Vario N° 10 de fecha 27 de febrero de 2019, donde se accedió a la solicitud por parte del Ministerio Público para que la presente causa se califique como Delincuencia Organizada, y en consecuencia se le aplique el procedimiento de tramitación compleja.

El juez quinto, agregó en su informe que, dicha resolución -luego de ser apelada- el Segundo Tribunal Superior de Justicia, mediante resolución de fecha 16 de diciembre de 2019, declaró inadmisible los recursos de apelación promovidos por los abogados defensores particulares. No obstante, uno de los defensores anunció recurso extraordinario de Casación contra la resolución emanada del Segundo Tribunal Superior de Justicia.

Esta causa guarda relación con una investigación que adelanta la Fiscalía Anticorrupción de Descarga, por la presunta comisión de delitos contra la administración pública (peculado), en perjuicio de las Juntas Comunales, y de la cual el Juzgado Quinto de Circuito Penal de Panamá dispuso en el 2018, admitir la solicitud de reapertura de las sumarias, solo de aquellas Juntas Comunales, de las cuales es competente ese juzgado por motivo de circunscripción territorial.

Si te lo perdiste
Lo último
stats