
Control de precios se extiende hasta diciembre.
03/07/2015 - 5:24 PM
Esto fue mediante el Decreto Ejecutivo N°218 de 2 de julio de 2015, el cual aprueba la extensión hasta diciembre del control de precios, que fue aprobado mediante el Decreto Ejecutivo N°165 del 1 de julio de 2014.
Esta extensión entrará a regir a partir del 7 de julio de 2015.
De acuerdo con el documento, los productores, importadores o distribuidores deberán informar al menos cinco días antes, a la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia cualquier incremento en el precio de venta al por menor.
Los alimentos regulados son los siguientes:
- Aceite vegetal (1/2 galón a 1.8 litros).
- Pan flauta
- Leche fresca grado A (1/4 de galón).
- Manzana mediana (unidad).
- Jugo de naranja (1/4 galón).
- Pescado -corvina (libra)
- Sopa de pollo con fideos (caja de 2 sobres).
- Soda (1 litro).
- Naranja (unidad).
- Azúcar (Libra).
- Jamón cocido sin empacar (Libra).
- Leche evaporada (167 gramos).
- Pescado-cojinúa (Libra).
- Café (425-454 gramos).
- Lechuga (Libra).
- Pasta de tomate (174 gramos).
- Plátano (Libra).
- Guineo (Libra).
- Bebida de frutas (1/4 galón).
- Tortilla de maíz (10 unidades).
- Crema de maíz (320 gramos).
- Mayonesa (16 onzas).
- Salsa de tomate (167 a 174 gramos).
- Margarina (Libra)
- Zanahoria (Libra)
- Té (caja de 24 sobres).
- Ajo (Libra)
- Sal (Libra)
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