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El retiro voluntario, consiste en una indemnización que se calculará en base a los años laborados y al último salario devengado hasta el 31 de diciembre de 2014, como funcionarios de ministerios e instituciones descentralizadas y que se encuentran pensionados por vejez en la CSS, por lo que no será considerada ninguna otra remuneración.
Los servidores públicos que se acojan al programa de retiro voluntario, deben cumplir con los siguientes requisitos:
El Decreto Ejecutivo del Gobierno establece, que no podrán acogerse funcionarios que ocupen cargos de elección popular, miembros de la Policía Nacional, miembros permanentes del Cuerpo de Bomberos, personal docente, profesionales de la salud, personal del servicio exterior, servidores públicos que prestan servicios temporales de manera transitoria, los ministros, viceministros, subdirectores, jefes de departamento y personal que ocupe cargos de mando dentro de la institución correspondiente.
Los funcionarios interesados en acogerse al programa de retiro voluntario, deben hacer la solicitud en la Oficina Institucional de Recursos Humanos de su entidad, quienes brindarán a los servidores públicos, un formulario.
Según destaca el comunicado emitido por el MEF, los funcionarios deberán adjuntar:
Este programa tendrá como resultado, un ahorro en las finanzas del Estado, lo que se traduce en nuevas inversiones en beneficio de los segmentos menos favorecidos del país, manifestaron los representantes del MEF,