Ecuador y Colombia entre los países con más nacionalizados españoles en 2014
Los ciudadanos de origen ecuatoriano y colombiano, junto con los marroquíes, fueron los extranjeros a los que más se les concedió la nacionalidad española en 2014, según datos publicados hoy por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE).
Un total de 205.880 residentes extranjeros obtuvieron la condición de españoles en 2014, un 8,8 por ciento menos que un año antes, según la fuente.
En 2014, 34.807 ciudadanos marroquíes obtuvieron la nacionalidad española, el colectivo más numeroso, seguido de los ecuatorianos (32.757) y los colombianos (25.115).
A continuación se situaron las concedidas a bolivianos (20.895), peruanos (16.601), dominicanos (14.110), argentinos (7.059), cubanos (5.618), venezolanos (4.302) y brasileños (4.017).
De entre las veinte nacionalidades de origen más frecuentes, catorce correspondieron a países sudamericanos y del Caribe, mientras que entre los países asiáticos destacaron las concedidas a los pakistaníes (3.327 personas).
Por edad, las personas de entre 30 y 39 años constituyeron el grupo más numeroso.
Del total de extranjeros que adquirieron la nacionalidad española el año pasado, 26.777 habían nacido en España y, en su mayoría, eran niños menores de 10 años (el 95,8 %).
La mayoría lo hicieron por residencia (79,1 %) y solo un 20,6 % fue por opción, modalidad que se otorgó sobre todo a menores de 20 años.
Entre enero y junio de 2015 ha sido concedida la nacionalidad española a 66.454 personas, cifra que confirmaría la tendencia descendiente de este proceso, según el INE.
La concesión de la nacionalidad "por residencia" exige que la persona viva en España durante 10 años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.
La "opción" es un beneficio que la legislación ofrece a extranjeros sujetos a la patria potestad de un español o cuyo padre o madre haya sido español o nacido en España.
El tercer modo de conseguir la nacionalidad española es "por carta de naturaleza" o "gracia", por tanto no se sujeta a las normas generales de procedimiento administrativo.