Santos firma decreto que reglamenta el uso medicinal de la marihuana

Marihuana para usos medicinales en Colombia.
Marihuana para usos medicinales en Colombia. / AFP
Efe
22 de diciembre 2015 - 12:30

El presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, firmó hoy, junto con el ministro de salud, Alejandro Gaviria, el decreto que reglamenta el uso medicinal de la marihuana.

"Acabamos de dar un paso importante para ubicar a Colombia a la vanguardia en la lucha contra las enfermedades y lo hacemos a través de un decreto que busca aprovechar las bondades del cannabis para mejorar la vida de las personas", manifestó Santos en la Casa de Nariño, sede del Ejecutivo.

El mandatario agregó que "permitir el uso medicinal del cannabis no va en contravía de nuestro compromiso internacional en materia de control de las drogas y mucho menos de nuestra política de lucha contra el narcotráfico".

El decreto "permite que se expidan licencias para la posesión de semillas de cannabis, y que se cultive la planta con fines exclusivamente médicos y científicos", afirmó Santos en una declaración televisada desde la presidencial Casa de Nariño.

El uso del cannabis con fines medicinales ya estaba permitido por una ley de 1986, pero su aplicación quedaba pendiente "debido a la falta de reglamentación" acerca de la producción legal nacional, dijo a la AFP una fuente del ministerio de Salud.

"La fabricación, la exportación, el comercio y el uso médico y científico de éste y otros estupefacientes se encuentran permitidos desde hace ya varias décadas en Colombia, y sin embargo, nunca se había reglamentado, que es lo que estamos haciendo", aseveró Santos.

Adicionalmente a este decreto, el Congreso estudia un proyecto de ley sobre cannabis medicinal, que espera definir tasas para los cultivos y ampliar otros detalles de la norma.

En Colombia, donde es legal cultivar hasta 20 plantas de marihuana, ya se consiguen productos terapéuticos que emplean su hoja.

El consumo de cannabis en la vía pública y su comercialización están prohibidos en el país, aunque la posesión de dosis personales de 20 gramos está despenalizada desde 2012, cuando la Corte Constitucional ratificó una sentencia de 1994 sobre el tema.

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