Advierten posibles ilegalidades en el Impuesto Inmueble

Pago de Impuesto Inmueble sigue generando reacciones

El Decreto Ejecutivo 363 del 4 de diciembre de 2018, que reglamenta la exención del pago de Impuestos de Inmuebles de las fincas que se constituyan en patrimonio familiar tributario o vivienda principal, tienen ventajas, pero también supuestas ilegalidades, advirtió el economista David Saied.

Y es que a partir del 1 de enero de 2019 no habrá exoneraciones, con ciertas excepciones, por lo que es importante que los contribuyentes se preparen con la documentación necesaria para inscribir el patrimonio familiar tributario o vivienda principal.

Saied ve con preocupación que existan algunas cosas que no están en la Ley 66 del 17 de octubre de 2017 (que modifica artículos del Código Fiscal en materia de Impuesto de Inmueble y dicta otras disposiciones), como lo es la obligatoriedad de abrir una cuenta bancaria, lo cual, debió establecerse y suena un poco “difícil que un decreto pueda obligar a alguien”.

Lo segundo, es que si una persona apoya de buena voluntad en el financiamiento de una residencia a un familiar, amigo, etc. tiene que pagar el impuesto de bien inmueble, aunque no resida en ella e incluso pague su impuesto en su propia vivienda.

“Esto va contra el principio que quien paga el impuesto es el dueño de la casa y no quien financia y esto debería eliminarse al menos que sea una Sociedad Anónima”, enfatizó el economista.

Ahora bien, no siempre va a ser conveniente correr a hacer el trámite de inscripción, ya que si está exonerada, conviene esperar la finalización de esa exoneración para no pagar impuesto sobre el terreno, y es lo que la persona debe analizar.

Saied reconoce que el decreto tiene bondades, por lo que es necesario que la persona se asesore correctamente, para que cuente con los documentos necesarios a la hora de realizar el trámite.

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