Artículo sobre revocatoria de mandato provoca veto parcial de ley que modifica el Código Electoral

Presidente Cortizo veta proyecto de ley relacionado a revocatoria de mandato / Luis Jiménez

El presidente de la República, Laurentino Cortizo, objetó parcialmente, por inexequible, el artículo 12 del proyecto de ley 776, que modifica el Código Electoral, y por ende devolvió la iniciativa legislativa a la Asamblea Nacional.

El 17 de marzo pasado, los diputados de la Asamblea Nacional aprobaron en tercer debate el proyecto de Ley 776, que modifica el Código Electoral de la República de Panamá, e incluía el camarón legislativo sobre la revocatoria de mandato, que beneficiaría a varios diputados.

De acuerdo con un comunicado de Presidencia de la República, luego de analizar el proyecto de ley, el presidente Cortizo concluyó que el citado artículo 12, que adiciona el artículo 438-A al Código Electoral, es contrario a la Constitución Política de la República al establecer que los partidos políticos no podrán expulsar y/o revocar el mandato de los diputados por decisiones aprobadas por la mayoría de diputados de una fracción parlamentaria.

El jefe del Ejecutivo consideró que los artículos 138, 150 y 151 de la Constitución señalan que los diputados representan en la Asamblea Nacional a sus respectivos partidos políticos, que a su vez expresan el pluralismo político; además, que la Carta Magna estipula las causales de la revocatoria de mandato.

Cortizo explicó que la Constitución establece que los partidos políticos deben instaurar las causales de revocatoria de mandato en sus estatutos, previo a una elección, por lo que es prohibido expedir leyes contrarias a la letra o espíritu de la Constitución.

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