Dictan nuevas medidas para manipuladores de alimentos y repartidores de deliverys

Salud pública

Uso obligatorio de pantalla facial para vendedores de comida en restaurantes / Kelyneth Pérez

En Gaceta Oficial de este martes 24 de agosto, fue publicada la Resolución 2214, que establece nuevas medidas sanitarias en materia de carnes sanitarios y uso obligatorio de mascarilla y pantalla facial en restaurantes, fondas y similares.

En su parte resolutiva el documento compuesto de seis artículos, advierte en el primero de ellos que, toda persona que sea manipulador de alimentos y que requiera el certificado de buena salud (carné blanco), o carné de adiestramiento sanitario (verde), a partir de los (2) meses de promulgación de la resolución.

Como requisito adicional estar inmunizados con las dosis de la vacuna contra la Covid, con la finalidad de garantizar la protección a la salud y seguridad sanitaria de los consumidores.

También en su artículo 2° resalta, que toda persona que participe como repartidor, conductor a domicilio de servicios de entrega de alimentos (deliverys), que utilicen, motocicletas, moto furgones, motonetas, ciclomotores, cuatriciclos, u otros medios de transporte similares en todo el territorio nacional deberán contar con certificado de buena salud y con el de adiestramiento sanitario.

Igualmente, resalta que el personal de manipule y prepare alimentos deberá usar mascarilla de forma obligatoria y el personal de atención al público, mascarilla y pantalla facial y cumplir con los lineamientos de bioseguridad establecidos en las resoluciones y guías sanitarias del Ministerio de Salud.

Si te lo perdiste
Lo último
stats