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La nueva legislación baja la prescripción del crédito de 7 a 5 años, crea en el historial la modalidad de arreglo de pago, y obliga a los entes económicos a actualizar de manera automática los historiales de crédito.
Además, establece multas por no actualizar dichos historiales en los tiempos establecidos y dispone que una vez cancelada la deuda se debe actualizar en máximo tres días el historial.
La iniciativa presentada ante el pleno de la Asamblea Nacional, pretende regresar al sistema económico a personas que por factores ajenos a su voluntad han tenido retrasos en deudas.
También establece que los datos suministrados por los agentes económicos, los manejados por las agencias de información de datos, y los generados por transacciones de carácter económico, financiero, bancario, comercial o industrial, deberán ser exactos y actualizados, de forma que respondan con veracidad, a la situación real del consumidor o cliente.
El documento expone que los datos sobre el historial de crédito de consumidores o clientes incorporados en una base de datos prescribirán a los tres años, contados a partir de la fecha en que debió realizarse el primer pago, transcurrido este plazo el dato será excluido del sistema.