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El Ministerio Público activó una Alerta Amber para dar con el paradero de Justine Nicole Vergara Marín, una adolescente de 15 años que fue reportada como desaparecida el miércoles 17 de abril de 2025, a las 9:59 a.m., en el área de Tocumen, Panamá.
La menor fue vista por última vez en ese sector y, desde entonces, no se tiene información sobre su ubicación.
Según el informe oficial, Justine Nicole mide 1.60 metros, tiene contextura gruesa, piel trigueña, cabello negro y rizado, y ojos negros. Entre sus señas particulares se detallan: cara redonda, nariz gruesa, ojeras, labios delgados con un lunar pequeño, orejas pequeñas y una marca visible en el abdomen.
Las autoridades señalan que no realizaba actividades extracurriculares al momento de su desaparición.
Las autoridades solicitan el apoyo de la población para brindar cualquier información que ayude a localizar a Justine Nicole. Pueden comunicarse al número 104 o a través de las redes sociales de @AlertaAmberPma.
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La alerta Amber es un sistema de notificación de niñas, niños y adolescentes desaparecidos que se divulga por televisión, radio y redes sociales; así mismo, existe una página web y una aplicación de alerta Amber con información de estas desapariciones, cuántas alertas hay activas y cuántos menores aún no han sido ubicados, pero la mayoría de la población desconoce cómo funciona.
Tenga en cuenta cuáles son los protocolos de actuación que toman al momento de activar una alerta Amber; estos son los siguientes:
Las áreas donde más alertas se reportan son Bocas del Toro, Chiriquí y la comarca Ngäbe Buglé.
La alerta permanece activa durante 24 horas y si en ese tiempo el menor no es ubicado, se coloca en la página web o la app de alerta Amber Panamá.
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Según lo establecido en la Ley 230 de 2021, la alerta Amber se emite bajo los siguientes parámetros:
Que la víctima raptada, desaparecida, sustraída o secuestrada sea menor de dieciocho años de edad.
Que existan indicios razonables de la desaparición.
Que se disponga de datos suficientes sobre el desaparecido, raptado, sustraído o secuestrado para que la petición de colaboración a la población pueda dar algún resultado positivo e inequívoco.
Que exista consentimiento para la emisión de la alerta por parte de quien ostente la patria potestad o tutela legal del menor desaparecido, raptado, sustraído o secuestrado y, en ausencia de este, por un pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.