Interés preferencial: Asamblea aprueba suspensión de la Ley 468 y restablece el régimen de 1985

El proyecto 289 consta de siete artículos en los cuales se establece la suspensión de la recién aprobada Ley 468 y se restablece la vigencia de la Ley 3 del 20 de mayo de 1985. Asimismo, reactiva la vida jurídica de sus dos reformas a la Ley Preferencial de 2019 y 2023, así como sus reglamentaciones.

Asamblea Nacional aprueba suspensión de Ley 468 y restablece régimen de intereses preferenciales.
Asamblea Nacional aprueba suspensión de Ley 468 y restablece régimen de intereses preferenciales. / Cortesía de la Asamblea Nacional

Ciudad de Panamá, Panamá/El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó este miércoles 11 de junio, en sesiones extraordinarias, el proyecto 289 con 42 votos sin objeciones. La iniciativa suspende la vigencia de la Ley 468 de 2025 y restablece la Ley 3 de 1985, que establece un régimen de intereses preferenciales en ciertos préstamos hipotecarios.

La nueva normativa tendrá efecto retroactivo desde el 31 de diciembre hasta el 24 de abril del presente año. Según las autoridades del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot), esta medida contribuirá a disminuir la mora habitacional que asciende a casi 150 mil casos.

De acuerdo con la Asamblea, se propone suspender temporalmente la entrada en vigencia de la Ley 468, para que empiece a regir el 1 de enero de 2026. Esta medida permitirá consolidar una transición más equitativa, sin afectar los compromisos ya adquiridos ni la aspiración legítima de las familias panameñas a tener un hogar propio.

Durante este período de transición, queda en vigencia la Ley 3 de 1985, junto a sus reformas y decretos reglamentarios, para que continúe aplicándose tanto a los préstamos ya formalizados como a las nuevas solicitudes hipotecarias hasta el 31 de diciembre de 2025.

Te podría interesar: Gobierno restablece Ley de Interés Preferencial de 1985 y extiende sesiones extraordinarias

Los legisladores destacaron que el restablecimiento tiene efectos retroactivos, basándose en principios de orden público e interés social, en beneficio directo de las familias y en respaldo de los operadores financieros.

La iniciativa fue presentada por el ministro de Vivienda, Jaime Jované, el pasado 4 de junio ante el Pleno de la Asamblea. Tras su llegada al Legislativo, fue considerada y discutida en la Comisión de Economía y Finanzas, para luego proceder su discusión en segundo y tercer debate. Ahora el proyecto está en espera de su sanción.

El proyecto 289 consta de siete artículos en los cuales se establece la suspensión de la recién aprobada Ley 468 y se restablece la vigencia de la Ley 3 del 20 de mayo de 1985. Asimismo, reactiva la vida jurídica de sus dos reformas a la Ley Preferencial de 2019 y 2023, así como sus reglamentaciones.

Además, se restituye la exoneración del impuesto de transferencia a la primera venta de viviendas nuevas hasta el 31 de diciembre de 2025, contenida en el artículo 4 de la Ley 106 de 1974, modificado por la Ley 399 de 2023.

Si te lo perdiste
Lo último
stats