Caja del Seguro aprueba afiliación obligatoria para conductores y auxiliares de transporte público
Según la resolución, las cotizaciones se calcularán sobre el 9.36% del ingreso que cada trabajador declare a la institución, tomando como referencia una remuneración mínima de 500 dólares mensuales.
Panamá/Los conductores del transporte público y sus auxiliares, conocidos popularmente como "pavos", pasarán a formar parte obligatoria de la Caja de Seguro Social (CSS), luego de que la Junta Directiva de la institución aprobara un reglamento especial dirigido a incorporar a este sector de trabajadores independientes al sistema de seguridad social.
La medida quedó establecida mediante la Resolución No. 58,705-2026-J.D., publicada este viernes en la Gaceta Oficial No. 30550 A, y señala que busca ampliar la protección social de miles de personas que actualmente desarrollan actividades económicas en el sector transporte sin contar con cobertura obligatoria.
Que la Administración propone el desarrollo de la afiliación obligatoria de estos trabajadores, toda vez que existe un grupo importante de conductores y auxiliares de conductores que desarrollan actividades económicas de manera independiente y que históricamente presentan bajos niveles de afiliación a la seguridad social, por lo que la incorporación de este sector contribuye a la universalización de la cobertura de seguridad social y a la protección económica de sí mismos y sus familias frente a las contingencias del Riesgo de Invalidez, Vejez y Muerte", se lee en la resolución.
Cotización mínima de 9.36%
El reglamento crea un régimen especial de afiliación obligatoria para quienes operan vehículos del transporte público de pasajeros y para quienes prestan asistencia inmediata al conductor y a los usuarios.
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Según la resolución, las cotizaciones se calcularán sobre el 9.36% del ingreso que cada trabajador declare a la institución, tomando como referencia una remuneración mínima de 500 dólares mensuales. Ese monto podrá ser actualizado por la Caja de Seguro Social con base en criterios técnicos, actuariales y financieros.
La remuneración declarada también estará vinculada al monto de las prestaciones que percibirá el asegurado en caso de ocurrir alguno de los riesgos cubiertos por el programa de Invalidez, Vejez y Muerte.
Acceso voluntario a servicios de salud
La resolución también abre la posibilidad de que estos trabajadores se afilien voluntariamente al programa de Enfermedad y Maternidad, para lo cual deberán aportar un 8.5% adicional sobre el ingreso declarado. La norma establece igualmente una base mínima de 500 dólares mensuales para estos aportes.
Además, establece que los propietarios de certificados de operación deberán suministrar periódicamente a la Caja de Seguro Social información relacionada con los conductores y auxiliares que trabajen bajo dichos permisos. Asimismo, tendrán la obligación de verificar que estos estén debidamente afiliados y que mantengan al día el pago de sus cuotas.
La CSS explicó que esta supervisión busca evitar la acumulación de morosidad y garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del régimen de seguridad social.
Entre las prestaciones contempladas figuran las pensiones por invalidez derivadas de enfermedad no profesional, las pensiones de vejez y las pensiones de sobrevivientes.
La resolución fue aprobada por la Junta Directiva de la CSS en dos debates celebrados los días 9 y 11 de junio de 2026 y entró en vigencia tras su promulgación en la Gaceta Oficial.
Con esta decisión, la Caja de Seguro Social da un paso hacia la incorporación de uno de los sectores históricamente excluidos del sistema obligatorio de seguridad social, en medio del debate nacional sobre la sostenibilidad financiera y la ampliación de la cobertura para trabajadores independientes.