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Panamá/La Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea Nacional prohijó un anteproyecto de ley que propone establecer un límite del 10 % al descuento aplicado por el cambio anticipado de los Certificados de Pago Negociable por Interés por Mora (Cepanim) y los Certificados de Pago Negociable de la Segunda Partida del Décimo Tercer Mes (Cepadem).
La iniciativa, presentada por el diputado del Partido Revolucionario Democrático (PRD), Javier Sucre, busca proteger el valor de los documentos entregados a jubilados, pensionados, sobrevivientes y herederos que necesitan convertirlos en dinero antes de su fecha de vencimiento.
El prohijamiento permite que la propuesta avance en el proceso legislativo y sea discutida como proyecto de ley. Sin embargo, todavía deberá superar los debates correspondientes en la Asamblea Nacional antes de convertirse en ley.
La propuesta surge tras las quejas presentadas por beneficiarios que aseguran haber recibido ofertas con descuentos superiores al 20 % e incluso al 30 % del valor nominal de sus certificados.
De aprobarse, las entidades autorizadas para negociar Cepanim y Cepadem no podrán aplicar un descuento superior al 10 %. Por ejemplo, por un certificado con valor nominal de $1,000, el beneficiario tendría que recibir al menos $900.
El anteproyecto faculta al Banco Nacional de Panamá para desarrollar programas de redescuento, financiamiento, compra o liquidez destinados a reducir el costo financiero que deben asumir los beneficiarios.
También autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a incorporar recursos en el Presupuesto General del Estado para subsidiar total o parcialmente el costo generado por la negociación anticipada de los certificados.
El propósito sería garantizar que el descuento efectivo asumido por jubilados, pensionados, sobrevivientes y herederos no supere el límite establecido.
La propuesta obliga a bancos, cooperativas, financieras, casas de valores, comercios y demás entidades autorizadas a entregar por escrito, antes de concretar la operación, la siguiente información:
Además, prohíbe el cobro directo o indirecto de cargos adicionales que eleven el descuento por encima del 10 %.