Cooperativas en Los Santos rechazan implementación de la facturación electrónica

Factura electrónica

Cooperativas rechazan implementación de la facturación electrónica

La Villa de Los Santos/Un grupo de cooperativas reunidos en la provincia de Los Santos solicitaron a la Dirección General de Ingresos (DGI), que no se les aplique la utilización del sistema de facturación electrónica, debido a que el mismo afecta el propósito real del cooperativismo.

Se conoció que desde el 1 de septiembre de este año este sistema debe aplicarse en la facturación de las cooperativas, sin embargo, ya existe un equipo reuniéndose para evitar esta acción.

El anuncio se dio durante la celebración del Día Internacional del Cooperativismo en la Villa de Los Santos, donde participaron más de 3 mil cooperativistas.

Eliecer Serrano, cooperativista, recalcó que la facturación electrónica no forma parte de la razón social de las cooperativas, pues ca en contra del articulo de la Constitución que crea el movimiento cooperativo.

En tanto, Edwin Navarro, director general del Instituto Panameño Autónomo Cooperativo (Ipacoop), indicó que actualmente se cuentan con más de 620 cooperativas a nivel nacional que aportan más de 2 mil 620 millones de activos y cuentan con un patrimonio de más $360 millones y apuestan a la economía social solidaria.

¿Qué es la Factura Electrónica?

La Factura Electrónica es un documento fiscal digital legalmente válido, que respalda las operaciones comerciales entre vendedor y comprador, firmado electrónicamente, lo cual le brinda autenticidad e integridad a la transacción.

En términos sencillos es la evolución de la factura tradicional que nos entregaban [y que aún se hace] a la hora se hacer cualquier tipo de compra o transacción. Para efectos legales, esta tiene la misma validez que el papel, sin embargo, al ser digital representa mayores ventajas al momento de realizar una Declaración de Renta ante la Dirección General de Ingreso (DGI) en Panamá. 

¿Quiénes están obligados a emitir facturas electrónicas?

De acuerdo a lo establecido en la Ley, toda persona natural o jurídica que se encuentre exceptuada del uso de equipos fiscales está obligada a emitir comprobantes electrónicos, entiéndase estos como documento electrónico en formato XML que respalde las operaciones que involucren compra y venta de bienes y servicios. 

Así mismo, como parte de los comprobantes electrónicos también se incluyen: notas de crédito, notas de débito, facturas de importación y facturas de exportación.

De igual forma, aquellas personas, naturales o jurídicas, que estén obligadas al uso equipos fiscales, también podrán utilizar el modelo de Facturación Electrónica como medio par documentar sus operaciones financieras, siempre y cuando sea de forma expresa y voluntaria.

Con información de Eduardo Javier Vega

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