Gobierno autoriza y regula la entrada y salida de vuelos humanitarios
Mediante el Decreto Ejecutivo No. 605, de 30 de abril de 2020, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Salud (Minsa), autoriza y regula la entrada y salida de vuelos humanitarios mientras dure el estado de emergencia nacional.
En tanto, se autoriza el uso de dichos vuelos para el retorno al territorio nacional de panameños y extranjeros residentes que se encuentren fuera de la República de Panamá, por lo que deben ser evaluados previamente para otorgar o no la autorización de ingreso al país.
Además, se establece autorizar y regular la salida del territorio nacional, mediante vuelos humanitarios, de extranjeros que requieran retornar voluntariamente a su país de origen.
La norma incluye a los vuelos humanitarios para el transporte de productos, equipos médicos-hospitalarios, medicamentos, vacunas y cualquier otro insumo de salud pública que se requiera para afrontar la pandemia del COVID-19.
En tanto, el Ministerio de Salud autorizará o negará el ingreso al país de cada vuelo humanitario, atendiendo el nivel de propagación de la COVID-19 en el territorio nacional, el estatus epidemiológico en el país de embarque, la cantidad y condición de salud de los pasajeros y la disponibilidad de albergues o instalaciones para el cumplimiento de la cuarentena de carácter obligatorio y cualesquiera otras condiciones epidemiológicas, sanitarias o de seguridad que se estimen convenientes.
Advierte la norma que, en caso de ser autorizado un vuelo humanitario, el mismo estará sujeto a la verificación y cumplimiento de los protocolos sanitarios y de seguridad aprobados por las autoridades correspondientes.
Ayer, el Ministerio de Relaciones Exteriores informó que se realizará un vuelo humanitario para repatriar a ciudadanos panameños que se encuentran en España, tras recibir la autorización del Minsa.
El vuelo saldrá el próximo 10 de mayo desde la ciudad de Madrid y tendrá disponibilidad máxima para 250 pasajeros.