Corte declara inconstitucional algunas frases de la Ley 351 de la Contraloría General de la República

Las frases demandadas tenían que ver con el otorgamiento de permanencia a los funcionarios, blindaje arbitrario a la Contraloría entre otros.

Contraloría General de la República
Contraloría General de la República / Foto/TVN-2.com

El pleno de la Corte Suprema de Justicia falló a favor de una demanda presentada por Olga Cecilia De Obaldía, actuando en nombre y representación de la Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana y la firma forense del abogado Ernesto Cedeño contra algunas frases de la Ley 351 de 22 de diciembre de 2022. 

Esta ley modifica y adiciona artículos a la Ley 32 de 1984, orgánica de la Contraloría General de la República, y a la Ley 67 de 2008, que desarrolla la Jurisdicción de Cuentas.

Los demandantes solicitaron que se resolvieran acciones de inconstitucionalidad contra las frases contenidas en los artículos 1,2,9,14,18,22,31,32,37 y 46.

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 El documento detalla los argumentos de las partes demandantes, la opinión del Procurador de la Administración, y las consideraciones del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, concluyendo con la declaración de inconstitucionalidad de ciertas frases específicas de la Ley 351 y la confirmación de la constitucionalidad de otras.

  • Los artículos de la Ley 351 de 2022 que fueron declarados inconstitucionales son:
  • La frase "sin recibir instrucción de ninguna autoridad, órgano del Estado o persona" contenida en el artículo 1.
  • La frase "dos años continuos" contenida en el artículo 9.
  • La frase "sana crítica y de buena fe" contenida en el artículo 14.
  • La frase "y constituyen una actuación externa al acto controlado, por lo que los servidores públicos que participan en ella, tales como abogados, ingenieros, arquitectos, contadores, auditores, fiscalizadores y otros con funciones afines, no actúan y no podrán ser considerados como empleados de manejo" contenida en el artículo 14.
  • El párrafo "Se exceptúan de lo establecido en esta Ley a los funcionarios de la Contraloría General de la República en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control, tanto previo como posterior" contenido en el artículo 46.
  • El texto "Para dar por terminada la relación laboral de un auditor interno gubernamental, se requiere el refrendo de la Contraloría General de la República, si el auditor interno gubernamental ha sido certificado y capacitado por la Contraloría General de la República" contenido en el artículo 22.
  • La frase "según a su criterio corresponda" incluida en el artículo 31.

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Argumentos

  • La frase "sin recibir instrucción de ninguna autoridad, órgano del Estado o persona"):

Se argumentó que esta frase impedía el ejercicio efectivo de la Jurisdicción de Cuentas y obstaculizaba los procesos de recuperación de recursos públicos malversados. Además, se consideró que otorgaba un blindaje arbitrario a la Contraloría General de la República, impidiendo la cooperación necesaria con otras entidades estatales como el Ministerio Público.

  • Artículo 9 (frase "dos años continuos"):

Se argumentó que reducir el período de estabilidad laboral de cinco a dos años permitía una designación más política que técnica, erosionando la independencia de la Contraloría General de la República. Además, se consideró que la norma violaba los principios de igualdad y meritocracia establecidos en la Constitución.

  • Artículo 14 (frase "sana crítica y de buena fe"):

Se argumentó que estos principios podían entrar en contradicción con el principio de estricta legalidad, lo que podría conducir a la discrecionalidad y la impunidad. Se consideró que la Contraloría debía actuar únicamente bajo el principio de legalidad, sin espacio para criterios subjetivos.

  • Artículo 14 (frase "y constituyen una actuación externa al acto controlado, por lo que los servidores públicos que participan en ella, tales como abogados, ingenieros, arquitectos, contadores, auditores, fiscalizadores y otros con funciones afines, no actúan y no podrán ser considerados como empleados de manejo"):

Se argumentó que esta frase creaba un privilegio ilegal al exceptuar a ciertos funcionarios de la Contraloría de ser considerados empleados de manejo, lo que violaba los principios de igualdad y no discriminación establecidos en la Constitución.

  • Artículo 46 (párrafo "Se exceptúan de lo establecido en esta Ley a los funcionarios de la Contraloría General de la República en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control tanto previo como posterior"):

Se argumentó que esta excepción permitía que los funcionarios de la Contraloría no fueran responsables ante la Jurisdicción de Cuentas, lo que podría llevar a la impunidad y violaba los principios de igualdad y no discriminación.

  • Artículo 22 (texto "Para dar por terminada la relación laboral de un auditor interno gubernamental, se requiere el refrendo de la Contraloría General de la República, si el auditor interno gubernamental ha sido certificado y capacitado por la Contraloría General de la República"):

Se argumentó que esta disposición creaba un fuero o privilegio para ciertos auditores internos, lo que violaba los principios de igualdad y no discriminación. Además, se consideró que limitaba la autonomía administrativa de otras instituciones estatales.

  • Artículo 31 (frase "según a su criterio corresponda"):

Se argumentó que esta frase otorgaba una facultad discrecional al Contralor General para aprobar, cerrar y archivar auditorías e investigaciones, lo que podría llevar a la arbitrariedad y la impunidad. Se consideró que las decisiones del Contralor debían basarse en criterios objetivos y legales, no en su criterio personal.

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