Dirección Nacional de Control de Alimentos y Vigilancia Veterinaria a un paso de alcanzar su creación

Seguridad Alimentaria

segundo debate
Pleno de la Asamblea Nacional / Foto/Asamblea Nacional

Ciudad de Panamá/Con 37 votos a favor fue aprobado en segundo debate, el proyecto de Ley 924, que crea la Dirección Nacional de Control de Alimentos y Vigilancia Veterinaria.

Esto, luego de alcanzados acuerdos que permitirán establecer mecanismos de vigilancia oportunos y ágiles que concilien las reglas del mercado con las exigencias sanitarias, lo que conduce a proteger la salud de la población.

Así concluyó la sesión del miércoles 5 de marzo, cuando los votos de 37 diputados avalaron el documento cuyo debate se profundizó el pasado martes.

La mencionada dirección será la encargada de controlar, vigilar y prevenir, de manera exclusiva y a nivel nacional, los riesgos y daños a la salud que se produzcan en la cadena alimentaria, así como la calidad y seguridad de los alimentos, las zoonosis y la vigilancia veterinaria.

En la estructura directiva y de personal se crean la subdirección de Control y Inocuidad de Alimentos y la Subdirección Nacional de Vigilancia Veterinaria y Zoonosis; y otros departamentos que complementarán la citada entidad.

Modificaciones

  • Para ejercer el cargo de director y subdirectores, el aporte de los sindicatos involucrados, producto de los convenios con el Minsa, permitió ampliar el campo de requisitos para este cargo; entre ellos podemos mencionar:
  • Tener título universitario en medicina veterinaria, ingeniero en alimentos o profesional en ciencia y tecnología de alimentos, con especialización en salud pública, alimentos o epidemiología, con idoneidad y experiencia de cinco años, entre otros.
  • Esta legislación deja claro que todos los alimentos y/o bebidas y productos de higiene, utilizados en la industria alimentaria que sean procesados, envasados, embotellados, envasados y/o que hayan sufrido cualquier transformación en la República de Panamá, deberán contar con su respectivo registro sanitario. . .
  • La nueva dirección, según especifica la norma, será de carácter especializado dentro del Minsa, con autonomía técnica, científica y administrativa, para la evaluación y gestión de los riesgos de posibles daños a la salud pública.
  • Esta entidad será responsable de expedir los documentos de autorización sanitaria, suspensión o cancelación de registro, registros sanitarios de alimentos y productos higiénicos, de uso doméstico y en plantas de alimentos, entre otros.
  • Debido a que las enfermedades y lesiones transmitidas por los alimentos pueden ser graves, fatales o causar efectos negativos a largo plazo en la salud humana, se pueden imponer multas severas por violaciones de los procedimientos.
  • Se establece una pena pecuniaria que, dependiendo de su gravedad, oscila entre un mínimo de B/. 100.00 hasta un máximo de $1.000.000,00, según el tipo de falta.

 

 

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