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Durante la edición especial del programa Mesa de Periodistas, transmitida este domingo 1 de febrero, el abogado y analista político Rodrigo Noriega ofreció un análisis crítico sobre el fallo de inconstitucionalidad de la Corte Suprema de Justicia que dejó sin efecto el contrato de concesión de Panama Ports Company, advirtiendo que la decisión tendrá repercusiones profundas en la inversión extranjera y en otros contratos heredados de los años 90.
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Noriega calificó la decisión como una “inconstitucionalidad anunciada”, señalando que desde finales de diciembre ya circulaba información, incluso entre periodistas internacionales, sobre la inminencia del fallo. A su juicio, el proceso estuvo marcado por elementos geopolíticos y por una redacción inusual del fallo, que incluyó por primera vez códigos QR para acceder a documentos, algo poco común en sentencias de la Corte Suprema.
El analista explicó que el fallo combina dos decisiones en una: una derivada de la demanda presentada por los abogados Norman Castro y Julio Macías a inicios de 2025, y otra que surge tras la demanda interpuesta meses después por el contralor general de la República. Según Noriega, el cambio de tono y énfasis entre ambas partes del fallo refleja que la Corte se sintió con mayor respaldo político para adoptar una postura más firme.
Recordó que el contrato de Panama Ports forma parte de una generación de contratos firmados en la década de los 90, cuando Panamá buscaba atraer inversión extranjera tras la invasión y la salida del régimen militar. Señaló que muchos de estos contratos contienen estructuras similares, como renovaciones automáticas y cláusulas que colocan al Estado en condición de igualdad con el inversionista, algo que, reiteró, es contrario al derecho administrativo y a la soberanía estatal.
Noriega también contextualizó el fallo dentro de las decisiones adoptadas durante la administración de Mireya Moscoso, señalando que fue en ese periodo cuando se introdujeron adendas y equiparaciones contractuales que alteraron de forma sustancial el acuerdo original de 1997. Explicó que, bajo el argumento de igualar condiciones con otros puertos del país, se eliminaron pagos fijos y regalías que beneficiaban al Estado panameño, sustituyéndolos por esquemas basados en ganancias, lo que debilitó la posición estatal y profundizó los desequilibrios contractuales que hoy sustentan la declaratoria de inconstitucionalidad. Según el análisis expuesto, no fue únicamente el contrato inicial el que generó controversia, sino las modificaciones posteriores las que terminaron consolidando un modelo desfavorable para Panamá y que, años después, se tradujeron en pérdidas económicas y cuestionamientos de soberanía.
El abogado advirtió que, bajo los criterios establecidos en el fallo de inconstitucionalidad, otros contratos estratégicos podrían enfrentar demandas de inconstitucionalidad, como la concesión del ferrocarril transístmico, así como contratos en los sectores eléctrico y energético, entre ellos los de Ensa y Naturgy. Ante ese escenario, recomendó al gobierno del presidente José Raúl Mulino optar por la renegociación preventiva para evitar una crisis generalizada en la inversión extranjera.
Noriega también expresó preocupación por el creciente rol de Maersk y APM Terminals, al advertir que la concentración del ferrocarril y los puertos de Balboa y Cristóbal podría convertir a la empresa en un “megapuerto” con enorme poder logístico en el área del Canal de Panamá. Consideró que el país pudo haber aprovechado el fallo para fortalecer el rol de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) en la gestión portuaria.
Sobre un eventual arbitraje internacional, el analista restó dramatismo a los escenarios de litigio, asegurando que los tribunales arbitrales modernos reconocen la soberanía de las decisiones constitucionales de los Estados y difícilmente desconocerían un fallo de la Corte Suprema panameña.
Finalmente, Noriega afirmó que este caso vuelve a poner sobre la mesa la necesidad de reformar el sistema de contrataciones públicas y consideró que Panamá debería avanzar hacia la creación de una Corte Constitucional, que revise contratos y tratados antes de su firma, evitando fallos de inconstitucionalidad décadas después.