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Pedófilos podrían pagar hasta 18 años de cárcel en Panamá

Explican sobre propuesta legislativa para castigar a pedófilos

La aprobación del proyecto de ley que aumenta las penas a los pedófilos, busca imponer castigos más severos y que no sean posibles los acuerdos de pena en delitos contra la integridad sexual de un menor de edad.

Antes una persona que violaba a un menor de edad podía ser condenada a siete años de cárcel, tenía un acuerdo, se le otorgaba servicio comunitario y se le rebajaba la pena por buen comportamiento, por lo cual, volvía a salir de prisión.

Con el proyecto que se ha aprobado, si el violador vive en el entorno de la víctima, no podrá seguir habitando el mismo sitio una vez salga de la cárcel, explicó la diputada Athenas Athanasiadis.

Se aumentan a 18 años las penas por abuso de menores de edad y 20 años cuando la persona que comete el delito pertenece a alguna organización criminal, nacional o internacional, aunque en un principio se pedía que la condena fuera de 30 años.

Por su parte, Iván Picota, también diputado, ha planteado que seguirán insistiendo en incrementar más las penas.

Se ha presentado otro proyecto de ley que contempla la creación de un banco de datos sobre condenados por pedofilia, donde se solicita que se incluya dentro de la página web del Órgano Judicial y que sea pública toda la información de los victimarios: foto, dirección y delito por el que fue condenado.

Ambos diputados piden a las personas que pierdan el temor y presenten las denuncias, para que todos los pedófilos sean castigados.

De acuerdo con lo aprobado, los pedófilos serán sancionados con prisión de hasta 18 años, mientras que los violadores purgarán pena de 10 a 15 años de prisión. Establece que quien logre acceso sexual con una persona mayor de 14 años y menor de 18 será sancionado con prisión de 4 a 6 años, aunque medie consentimiento.

Sobre el trabajo comunitario, la suspensión de las penas y el reemplazo de ellas, se establece "que no se aplicarán estas condiciones cuando sea una persona sancionada por los delitos contra la libertad e integridad sexual en perjuicio de una persona menor de 14 años de edad".

Se dispone penas de 10 a 15 años de prisión, cuando se acredite en la víctima, menor de 14 años, una alteración psicosexual.

En el Código Penal se suman nuevos elementos tales como inhabilitación para el ejercicio de cargos, oficios o profesión en parques, parvularios, centros escolares, campos o centros deportivos y áreas aledañas.

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