Panamá tipifica la violencia sexual digital como delito con penas de hasta seis años de prisión

La normativa abarca un amplio espectro de situaciones, desde la popularmente conocida como "pornovenganza" hasta grabaciones no autorizadas en espacios privados y la creación de contenido falso mediante inteligencia artificial.

Panamá tipifica la violencia sexual digital como delito con penas de hasta seis años de prisión. / Cortesía de la Asamblea Nacional

Ciudad de Panamá, Panamá/La Asamblea Nacional aprobó el lunes 14 de julio en tercer debate un proyecto de ley que convierte la violencia sexual digital en delito específico, estableciendo penas de tres a seis años de cárcel para quienes produzcan, difundan o comercialicen contenido íntimo sin autorización de las víctimas.

Con 51 votos a favor, los diputados respaldaron el proyecto de ley 61, que modifica y adiciona artículos al Código Penal, al Código Procesal Penal y a la Ley 11 de 2015 sobre asistencia jurídica internacional en materia penal, incorporando nuevas figuras delictivas contra la ciberdelincuencia.

El proyecto original, presentado en octubre pasado, había sido vetado por el Órgano Ejecutivo de forma parcial. De los 33 artículos iniciales, cuatro fueron objetados por la Presidencia de la República.

La diputada de Vamos, Yaredis Rodríguez, impulsora de la normativa, explicó que tres de los artículos vetados fueron consensuados con la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales. Sin embargo, la Asamblea mantuvo por insistencia la tipificación de la violencia sexual digital como delito contra la intimidad.

De acuerdo con la diputada, el Ejecutivo propuso clasificar este delito como una falta contra el honor, similar a calumnia o injuria, sin embargo, el Legislativo mantuvo su postura porque “cuando se cometen estos delitos, este tipo de exhibición pública, lo que se trata es de humillarte públicamente y de definitivamente destruir tu imagen delante de todo el mundo”.

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La violencia sexual digital comprende toda acción dolosa realizada mediante tecnologías de la información y comunicación en la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento.

La normativa abarca un amplio espectro de situaciones, desde la popularmente conocida como "pornovenganza" hasta grabaciones no autorizadas en espacios privados y la creación de contenido falso mediante inteligencia artificial.

Agravantes que endurecen las sanciones

El proyecto contempla diversas circunstancias que pueden incrementar las penas:

Herramientas tecnológicas y cooperación internacional

Panamá actualizó el convenio de ciberdelitos para fortalecer la cooperación internacional, reconociendo que "el mundo de internet no tiene fronteras". La diputada Rodríguez alertó sobre la existencia de más de 7,000 sitios pornográficos donde pueden extraer y alterar fotografías de redes sociales.

La también integrante de la bancada Vamos, indicó que el Ministerio Público cuenta con herramientas especializadas a través de la Fiscalía de Ciberdelitos para rastrear el origen del contenido ilícito e identificar a los responsables, capacidades que resultan fundamentales para la persecución efectiva de estos delitos.

Aunque las mujeres constituyen el grupo más vulnerable, Rodríguez confirmó que han documentado casos de hombres afectados por chantajes digitales. "Se presta mucho para el lucro y el chantaje", advirtió Rodríguez, destacando que el delito no discrimina por género.

La nueva ley se inspira en experiencias internacionales, particularmente el movimiento iniciado por Olimpia Coral Melo en México, que se extendió a Colombia, Argentina y Estados Unidos. Con esta aprobación, Panamá se posiciona como el cuarto país en adoptar una tipificación específica para este tipo de violencia.

La diputada hizo un llamado preventivo a la ciudadanía, instando a evitar la grabación de contenido íntimo que pueda convertirse en "arma de doble filo" y a abstenerse de difundir imágenes sin verificar su autenticidad. Rodríguez advirtió que, tanto quien crea y graba la imagen como quien la reproduce múltiples veces, pueden ser castigados. Si alguien recibe este tipo de contenido y lo difunde, queda involucrado en la cadena de distribución.

Protección especial para niños y adolescentes

Los casos que involucran niños o adolescentes continuarán siendo procesados bajo la legislación específica para estos grupos de la población. No obstante, Rodríguez reconoció que el fenómeno del "pack" en centros educativos requiere principalmente estrategias de educación preventiva.

La aprobación por dos tercios de la Asamblea obliga constitucionalmente al presidente de la República a sancionar la ley, completando así el proceso legislativo.

La nueva legislación representa un paso significativo hacia la protección integral de las víctimas de ciberdelitos, estableciendo un marco legal robusto que combina sanciones penales efectivas con herramientas tecnológicas especializadas para la investigación de estos delitos en el ámbito digital.

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