Los pros y contras del cuestionado Decreto Ejecutivo 130 sobre información catastral

El decreto fue promulgado el pasado 7 de junio. / TVN Noticias.

La publicación en Gaceta Oficial del Decreto Ejecutivo 130, que reglamenta el procedimiento de actualización de información catastral, ha encendido todo tipo de alarmas, pues hay quienes han planteado que se establecen nuevos re-avalúos a las viviendas, lo que incrementaría la tarifa en el pago de los impuestos.

Como siempre las redes sociales han servido para que se emitan todo tipo de comentarios y opiniones sobre el tema, generando molestia, preocupación y confusión en la población.

A través de Twitter se ha dicho de todo, por ejemplo: que si una persona está morosa en el pago de impuestos, la Dirección General de Ingresos (DGI), notifica a través de periódicos y si no se paga la deuda, se procede al remate de la vivienda.

También se ha mencionado que las actualizaciones de las que se hablan en el decreto, no son más que el incremento del precio de la vivienda, apartamento o fincas, a través de re-valorizaciones y en el caso de que no se pague, también se procede al remate del bien.

A la aprobación del Decreto Ejecutivo 130, lo han calificado como un gol.

Como una reacción a todos los planteamientos, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), ha explicado que no se establecen nuevos re-avalúos, sino que se reglamenta el procedimiento de actualización catastral.

El ministro de Economía y Finanzas, Dulcidio De La Guardia, ha explicado que el polémico decreto, tiene tres objetivos.

Mala comunicación

Por su parte, el abogado Ernesto Cedeño expresó que el decreto no se refiere a re-avalúos, sino a actualización de mejoras, pero considera que se debió explicar detalladamente antes de su promulgación.

Agrega que la mala comunicación del Gobierno y la poca transparencia que existe, se han prestado para politiquear e incluso detalla que el Código Fiscal permite el intercambio de información catastral.

Hizo un llamado a la responsabilidad y a no confundir a la población.

La Anati también aclaró que las fincas de los productores no están en riesgo porque los artículos 764 y 769 establecen que están exentos del pago de impuestos y a la vez no se les aplicarán los avalúos de oficios a fincas con valor de hasta de B/. 30,000; las que constituyan patrimonio familiar y las fincas agropecuarias con valor de hasta los B/.150,000.

Avalúo

Según la Anti, un avalúo es la estimación del valor comercial de un inmueble o artículo reflejado en cifras monetarias por medio de un dictamen técnico imparcial, a través de sus características físicas, de uso, de investigación y el análisis de mercado, tomando en cuenta las condiciones físicas y urbanas del inmueble.

En todos los avalúos voluntarios o de oficio, los resultados de los mismos deberán ser notificados a los propietarios de los inmuebles para que presenten los recursos que bien consideren.

Actualización catastral

Es el registro en el sistema, de oficio o a solicitud de parte, de transacciones realizadas por los dueños de propiedades inmobiliarias que no habían sido captadas en su momento, es decir venta o traspaso de una propiedad, el vencimiento del periodo de exoneración de mejoras, cambio de zonificación, demoliciones, declaraciones de mejoras.

Esas transacciones inciden en el aumento o en el valor catastral de una finca, por lo que el monto del impuesto del inmueble puede variar, pero no es lo mismo que un avalúo.

Movilización

Lo cierto es que la aprobación del Decreto Ejecutivo 130, ya ha motivado la organización de una marcha este sábado 10 de junio a partir de las 4:00 p.m., en la Cinta Costera, en rechazo al documento.

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