Prohíjan iniciativa que sancionaría a personas que graben incidentes y lo suban a las redes sociales

Prohíjan iniciativa que sancionaría a personas que graben incidentes y lo suban a las redes sociales
Prohíjan iniciativa que sancionaría a personas que graben incidentes y lo suban a las redes sociales

El anteproyecto de Ley 063 del 30 de julio de 2019, que busca sancionar a aquellas personas que graben vídeos, tomen fotos de calamidades, catástrofes, accidentes y riñas afectando a terceras personas y que las mismas sean difundidas por las redes sociales, fue prohijado este martes, 14 de enero, por la Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional.

La iniciativa legislativa, fue presentada en julio de 2019 por el diputado del Partido Revolucionario Democrático (PRD), Javier Sucre, con el fin de poner orden en el tema relacionado con grabar incidentes y subirlos a las redes sociales.

El anteproyecto de ley busca ponerle “el cascabel al gato”, cuando de grabar accidentes, peleas callejeras y otras calamidades se trata.

La ley es de aplicación a todas las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, que utilizando cualquier medio violenten el derecho al honor, a la propia imagen de las personas fallecidas y sus familiares, personas accidentadas o que se encuentran en una situación de riesgo.

Una vez aprobada la medida, toda persona a la que, en una situación de calamidad, catástrofe, accidente o similares, no preste la ayuda posible para minimizar los daños y grabe videos, fotografie, y además difunda estos por redes sociales o cualquier medio de comunicación masiva, será sancionado administrativamente con multas de B/. 5.00 a B/. 500, según la gravedad del caso.

Además, el artículo 5 de la iniciativa, da la facultad de que toda persona afectada por haber sido fotografiada o grabada en un video, tendrá la facultad de denunciar inmediatamente a aquel autor de los videos o fotografias difundidas.

A su vez, pueden también los familiares del perjudicado o fallecido o cualquier persona autorizada realizar la denuncia correspondiente.

Asimismo, el artículo 6 del anteproyecto dicta que las sanciones administrativas por la comisión de las conductas descritas en el artículo primero serán impuestas por los Jueces de Paz, aplicando los procedimientos establecidos en la ley 16 de 17 de junio de 2016.

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